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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS

Abogado de Violencia de Género en Madrid (Art. 153 CP)

Defensa penal especializada en violencia de género

La violencia de género es la ejercida por un hombre sobre la mujer que es o ha sido su pareja. El maltrato de obra (art. 153.1 CP) y las amenazas o coacciones leves (arts. 171.4 y 172.2 CP) se castigan como delito con prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días; el maltrato habitual (art. 173.2 CP) alcanza los 3 años de prisión, además de la prohibición de aproximarse a la víctima, obligatoria en la condena (art. 57.2 CP). Con más de 15 años de experiencia, examinamos la credibilidad del testimonio, los mensajes y el derecho a no declarar (art. 416 LECrim) para articular la defensa desde la primera asistencia.

Le han denunciado por violencia de género: qué significa y qué pasa ahora

Es el procedimiento más rápido del sistema penal español: la denuncia se presenta, la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia (antiguo Juzgado de Violencia sobre la Mujer) celebra la comparecencia de orden de protección en un plazo máximo de 72 horas desde la solicitud —a menudo en el propio servicio de guardia— y el asunto sigue con frecuencia por juicio rápido. En esa primera comparecencia se deciden las medidas que van a condicionar la vida del investigado durante meses —alejamiento, prohibición de comunicación, atribución del uso de la vivienda, régimen de visitas— y se hace antes de que exista prácticamente ninguna prueba. El art. 153.1 CP castiga con prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y en todo caso privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años, causar un menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad, o golpear o maltratar de obra sin causar lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa o mujer ligada por análoga relación de afectividad aun sin convivencia.

Qué hacer (y qué no) antes de declarar

  • No acuda solo a la comparecencia de orden de protección. Es la vista que más consecuencias inmediatas produce y se celebra con muy poco margen. La asistencia letrada de confianza desde ese momento es lo que permite proponer prueba y no limitarse a escuchar la medida.
  • Cumpla la medida al pie de la letra, aunque sea injusta. Cualquier contacto —incluso si lo inicia ella, incluso por un tercero o por redes— es un quebrantamiento autónomo del art. 468 CP y destruye la defensa del procedimiento principal.
  • Reúna de inmediato lo que documenta la relación. Mensajes de los días anteriores y posteriores, geolocalización, testigos y cualquier procedimiento de familia en curso. Ese material se pierde o se vuelve inaccesible en cuestión de semanas.
  • No difunda la denuncia ni hable del caso en público. Los comentarios sobre la denunciante se incorporan al procedimiento y pueden abrir un segundo frente por injurias o, si son leves, por el delito leve de injuria o vejación injusta del art. 173.4 CP.

Defensa Urgente

En el panorama jurídico actual, contar con abogados penalistas especialistas en violencia de género es crucial. La defensa en procedimientos de VioGén representa uno de los desafíos más complejos para cualquier despacho. La Ley Orgánica 1/2004 instauró un sistema de protección integral que ha generado una asimetría procesal donde la presunción de inocencia se ve comprometida. Como expertos en defensa penal, sabemos que la mera interposición de una denuncia activa un protocolo policial casi automático que con frecuencia conlleva la detención inmediata y la solicitud de órdenes de protección, independientemente del riesgo real.

Esta "automatización" de las medidas cautelares responde a una lógica de prevención de riesgos que el legislador y la sociedad han priorizado, pero que a menudo colisiona frontalmente con los derechos fundamentales del investigado. Nos encontramos frecuentemente ante situaciones donde la única prueba de cargo es el testimonio de la denunciante. Y aunque el Tribunal Supremo exige que dicho testimonio supere el "test de credibilidad" (ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación), la inercia de los juzgados especializados tiende a otorgar una veracidad reforzada al relato de la víctima. Esto crea, de facto, una situación próxima a la inversión de la carga de la prueba: es el acusado quien se ve impelido a demostrar su inocencia, probando hechos negativos (que algo NO ocurrió), lo cual es diabólico desde el punto de vista probatorio.

Un aspecto crítico, y a menudo tabú, que abordamos con total rigor y sin complejos, es la existencia de denuncias instrumentales. Aunque políticamente se minimice su existencia, la realidad de los despachos penalistas nos muestra casos donde la vía penal de la violencia de género se utiliza como una herramienta espuria para obtener ventajas tácticas en procesos de divorcio o ruptura contenciosa. Una condena, o incluso una mera orden de alejamiento vigente, puede decantar de forma casi inmediata la atribución del uso de la vivienda familiar, la custodia de los hijos menores y el establecimiento de pensiones, además de anular cualquier posibilidad de custodia compartida. Identificar estos "móviles espurios" (ánimo de venganza, resentimiento, interés económico) es vital para desmontar la credibilidad del testimonio de cargo y es una de las piedras angulares de nuestra estrategia de defensa.

El estigma social que acompaña a una denuncia por violencia de género es devastador. La etiqueta de "maltratador" se impone socialmente mucho antes de que exista una sentencia firme, provocando lo que denominamos una "pena de banquillo" anticipada: pérdida de empleo, aislamiento social, ruptura de lazos familiares y un daño reputacional a menudo irreversible, incluso si finalmente se logra la absolución. Por ello, la defensa no puede limitarse a lo estrictamente jurídico; debe ser una defensa integral que proteja la dignidad del cliente y combata los prejuicios que permean el procedimiento. No estamos aquí para juzgar moralmente las relaciones de pareja de nuestros clientes, que suelen ser complejas y bidireccionales en sus conflictos; estamos aquí para garantizar que esa complejidad no se simplifique injustamente en una condena penal por un delito que conlleva antecedentes penales indelebles y penas privativas de libertad.

En Alonso Sala, nuestra metodología de defensa en VioGén es proactiva y minuciosa. No esperamos al juicio. Desde la primera asistencia en comisaría, trabajamos en la recopilación de prueba de descargo: volcado forense de mensajería instantánea (WhatsApp, Telegram) para reconstruir el verdadero contexto de la relación y demostrar si existía un clima de violencia o, por el contrario, una normalidad relacional o un conflicto mutuo; localización de testigos del entorno; e informes periciales psicológicos si es necesario. Asimismo, en los casos donde concurren acusaciones que afectan a la libertad sexual, contar con abogados penalistas especialistas en delitos contra la libertad sexual es fundamental. Sabemos que nos enfrentamos a una maquinaria legal poderosa y a una sensibilidad social extrema, y precisamente por eso, nuestra defensa técnica debe ser impecable, rigurosa y valiente para hacer valer la verdad material de los hechos frente a los automatismos del sistema.

Juicios Rápidos

Juicios Rápidos

Es una trampa de velocidad. En 48h le ofrecen reducir la pena si confiesa. Si es inocente, frenamos el proceso, pedimos diligencias de prueba y llevamos el caso al Juzgado Penal para preparar una defensa real, no una rendición.

Credibilidad del Testimonio: Criterios

Atacamos los 3 criterios de veracidad: ¿Hay incredibilidad subjetiva (odio previo)? ¿Hay corroboraciones periféricas (partes médicos, testigos)? ¿Hay persistencia? Son criterios de valoración, no requisitos tasados, pero si alguno falla la condena se tambalea.

Orden de Protección, Vivienda Familiar y Custodia

Si la víctima pide medidas civiles, el auto de orden de protección decide provisionalmente quién se queda la casa y los niños. Peleamos en esa vista para evitar que se use la denuncia penal como vía rápida para ganar la custodia civil.

Prueba Digital: Mensajes de WhatsApp

Extraemos y notarizamos sus WhatsApps. A menudo contienen la prueba de que la denuncia es una reacción a una ruptura o que la supuesta "coacción" era una conversación normal.

Orden de Protección La Comparecencia del Art. 544 ter LECrim

Se decide en una vista urgente (comparecencia del 544 ter) que debe celebrarse en un máximo de 72 horas desde la solicitud, a menudo en el propio servicio de guardia tras la detención. Es el momento más importante del caso. El juez decide sobre su libertad y su familia.

Medidas Penales

Prohibición de aproximación (a la distancia mínima que fije el juez), de comunicación y de residencia. Salida inmediata del domicilio.

Medidas Civiles

A petición de la víctima (o del Fiscal, si hay menores) y durante 30 días, prorrogables si se inicia un proceso de familia: uso de la vivienda, custodia provisional y régimen de visitas restringido o suspendido.

Medidas Asistenciales

Renta activa de inserción, asistencia jurídica gratuita, prioridad en vivienda social y protección laboral para la víctima.

La Denuncia Falsa

¿Por qué elegirnos?

Porque somos independientes y no dependemos de lo políticamente correcto. Defendemos al cliente frente a la maquinaria automática del sistema. Si usted es inocente, iremos a juicio hasta el final; si hay riesgo, negociaremos la mejor salida para minimizar daños.

Conocemos los criterios de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (hoy Secciones de Violencia sobre la Mujer de los Tribunales de Instancia, tras la LO 1/2025) y de las secciones especializadas de la Audiencia. Sabemos qué argumentos funcionan y cuáles no. Su libertad y su relación con sus hijos son nuestra única prioridad.

  • ✓ Especialistas en anular órdenes de protección injustas.
  • ✓ Defensa agresiva contra denuncias instrumentales de divorcio.
  • ✓ Disponibilidad inmediata en comisaría.
  • ✓ Recursos de apelación ante la Audiencia Provincial.

Penas y Consecuencias: Violencia de Género en Madrid (Art. 153 CP)

Tipo / SupuestoConsecuencia Penal
Maltrato de obra (art. 153.1 CP) y amenazas o coacciones leves (arts. 171.4 y 172.2 CP)Prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años.
Maltrato habitual (art. 173.2 CP)Prisión de 6 meses a 3 años por crear una situación de violencia habitual en el ámbito de la pareja o familiar.
Quebrantamiento de pena o medida cautelar (art. 468.2 CP)Prisión de 6 meses a 1 año por incumplir la orden de alejamiento, aun mediando consentimiento de la víctima.
Orden de protección (art. 544 ter LECrim)Prohibición de aproximación y comunicación, salida del domicilio y medidas civiles de guarda y custodia.

* Las penas indicadas son orientativas. La pena concreta depende de las circunstancias del caso, atenuantes y agravantes aplicables.

Preguntas Frecuentes — Violencia de Género

¿Qué es exactamente la 'Violencia de Género'?
Es la violencia ejercida por un hombre sobre una mujer que es o ha sido su pareja (casados o novios). Si no hay relación de pareja, es violencia doméstica o lesiones, pero no de género. La ley asume una situación de desigualdad y castiga más duramente al hombre.
¿Qué pasa si mi pareja me denuncia falsamente?
Es una situación crítica. Jamás acepte una conformidad 'por acabar rápido' si es inocente, pues tendrá antecedentes penales durante años, hasta que se cancelen (art. 136 CP). Luchamos para demostrar la falsedad mediante testigos, mensajes y contradicciones en su relato.
¿Me pueden detener por una discusión verbal?
Sí. Las amenazas y las coacciones leves a la pareja o expareja mujer son delito menos grave, no delito leve (arts. 171.4 y 172.2 CP). La policía suele practicar la detención y ponerle a disposición judicial, normalmente al día siguiente; la valoración VioGén mide el riesgo, pero no es por sí sola causa de detención.
¿Qué implica una Orden de Protección?
Puede incluir tres tipos de medidas: penales (prohibición de aproximarse, a la distancia que fije el juez, y de comunicarse; salida del domicilio), civiles (uso de la vivienda, custodia, visitas y alimentos, solo si las pide la víctima, o el Fiscal cuando hay menores, y con una vigencia de 30 días salvo que se inicie un proceso de familia) y asistenciales. Si incluye la salida del domicilio, tendrá que abandonarlo de inmediato.
¿Qué es el derecho a no declarar (Art. 416)?
La víctima (esposa/pareja) puede acogerse a su derecho a no declarar contra usted, salvo que esté o haya estado personada como acusación particular o que, informada de ese derecho, haya aceptado declarar durante el procedimiento (art. 416.1 LECrim, reformado por la LO 8/2021). Si ella no declara válidamente y no hay testigos o partes de lesiones, la absolución es muy probable por falta de prueba de cargo.
¿Qué es un Juicio Rápido?
Un procedimiento express. Si la policía completa la investigación rápido, le citan al Juzgado al día siguiente. Allí el fiscal ofrecerá una rebaja de 1/3 de la pena si reconoce los hechos (conformidad). Solo acepte si su abogado lo ve claro.
¿Puedo ver a mis hijos si tengo orden de alejamiento?
La suspensión es hoy la regla, aunque no es automática: en violencia de género el juez ordena suspender las visitas del inculpado salvo que, en interés superior del menor, decida mantenerlas (art. 66 LO 1/2004), y el art. 94 CC excluye las visitas del progenitor incurso en un proceso penal por atentar contra el otro cónyuge o los hijos, o cuando hay indicios fundados de violencia doméstica o de género, salvo resolución motivada en interés del menor. Es vital pelear para mantener algún contacto (Punto de Encuentro).
¿Qué pasa si ella me llama y quedamos?
CUIDADO. Si usted tiene orden de alejamiento, comete delito de QUEBRANTAMIENTO aunque ella le invite. El consentimiento de la víctima no anula la orden judicial. Usted irá detenido y ella no.
¿Es delito mirar su móvil?
Sí, delito de descubrimiento de secretos (Art. 197). Si instala un programa espía o accede a sus claves sin permiso, es un delito castigado con prisión de 1 a 4 años y multa (art. 197.1 CP), además del procedimiento por violencia de género.
¿Qué es el protocolo VioGén?
Es el sistema policial de valoración y seguimiento del riesgo. Tras la Instrucción de 2025 (VioGén-2) valora cuatro niveles —bajo, medio, alto y extremo—, y del nivel asignado dependen las medidas de protección desplegadas y el peso que tendrá la petición de prisión provisional. Es una valoración de riesgo, no una declaración de culpabilidad, y puede y debe revisarse si cambian las circunstancias.
¿Sirven los WhatsApps como prueba?
Son la prueba principal hoy día. Insultos, amenazas o acoso por WhatsApp son delito. Pero también sirven para su defensa: demostrar que la relación era normal justo antes de la denuncia, o que ella miente.
¿Me pueden condenar 'solo con su palabra'?
Sí. El Tribunal Supremo dice que el testimonio de la víctima es prueba suficiente si es persistente, creíble y no tiene 'móvil espurio' (venganza clara). Nuestra defensa ataca precisamente esa credibilidad.
¿Qué es el maltrato habitual?
Un delito autónomo más grave (hasta 3 años de prisión, art. 173.2 CP). Se da cuando la violencia física o psíquica es habitual y crea una atmósfera de miedo constante, más allá de golpes concretos; para apreciar la habitualidad, la ley atiende al número de actos acreditados y a su proximidad temporal (art. 173.3 CP). Es más difícil de probar para la acusación.
¿Pierdo mi casa si me denuncian?
Si la orden de protección incluye medidas civiles (tiene que pedirlas la víctima) y ella se queda con los niños, lo habitual es que el juez le atribuya el uso de la vivienda, sea de quien sea la propiedad; esas medidas duran 30 días, salvo que se inicie un proceso de familia. Usted tendrá que seguir pagando la hipoteca aunque no viva allí.
¿Qué son las denuncias cruzadas?
Cuando ambos se agreden mutuamente. Usted denuncia que ella le pegó también. El juez suele condenar a ambos, pero a usted por violencia de género (más pena) y a ella por violencia doméstica (menos pena).
¿Afectan los antecedentes para renovar papeles?
Sí, y mucho. Mientras no se cancelen, los antecedentes por violencia de género pueden impedir la renovación de la residencia y la concesión de la nacionalidad, y en determinados casos cabe la expulsión del territorio nacional.
¿Puede denunciar un vecino o un médico?
Sí, y tienen obligación. Los hospitales mandan parte judicial automático si ven lesiones sospechosas. A veces el proceso penal sigue aunque la mujer no quiera denunciar.
¿Qué es un dispositivo telemático (Cometa)?
El 'brazalete/tobillera'. Cuando el riesgo lo justifica, el juez puede acordar el control por medios telemáticos (art. 64.3 LO 1/2004 y art. 48.4 CP): un GPS que alerta si se acerca a la víctima. Es una medida muy estigmatizante que intentamos evitar a toda costa.
¿Qué pasa si rompo una puerta pero no la toco a ella?
Puede ser delito de coacciones o daños, pero en contexto de violencia de género. Romper objetos para intimidar se considera violencia psicológica implícita.
¿Cuánto duran los antecedentes penales?
Depende de la pena. Las condenas habituales en violencia de género (prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia de armas y alejamiento) son penas menos graves, no leves, aunque se impongan por conformidad: se cancelan, según su duración, a los 2, 3 o 5 años desde su extinción (art. 136.1 CP). Hasta entonces, figuran en el registro.
¿Puedo ser condenado si no hay parte médico de lesiones?
Sí. Las amenazas, coacciones o maltrato psicológico no dejan huellas físicas. Bastará el testimonio de la víctima. Sin embargo, la ausencia de parte contradice un relato de agresión física grave, y lo usamos para la defensa.
¿Cuánto cuesta un abogado penalista para un caso de violencia de género?
No existe una tarifa única: los honorarios dependen de la fase procesal en que se encuentre el caso, de su complejidad (si existe orden de protección, si el asunto se resuelve en juicio rápido o por procedimiento abreviado y si hay acusación particular) y del órgano que deba enjuiciarlo. Fijamos un presupuesto cerrado tras estudiar el asunto, para que sepa desde el principio a qué atenerse.
¿Actuáis en toda España?
Sí. Aunque el despacho tiene su sede en Madrid, asumimos la defensa ante cualquier juzgado de violencia sobre la mujer (hoy Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia, tras la LO 1/2025), audiencia provincial o tribunal del territorio nacional. Coordinamos la asistencia allí donde se tramite el procedimiento, de modo que su ubicación no le impida contar con una defensa penal especializada.
¿Cómo es la primera consulta?
En la primera consulta estudiamos su caso y le trazamos una hoja de ruta procesal con los pasos a seguir. Es confidencial y conviene acudir con toda la documentación disponible: la citación o notificación judicial, el atestado policial si dispone de él y cualquier escrito o mensaje que haya recibido. Con ese material valoramos la situación y definimos la estrategia de defensa.

Defensa en Delitos de Familia y Violencia Doméstica

Los delitos de familia, violencia de género y violencia doméstica son procedimientos especialmente sensibles donde se cruza el derecho penal, el derecho civil de familia y la protección de menores. La instrucción suele ser rápida y orientada por el deber reforzado de protección a la víctima derivado del Convenio de Estambul (Convenio del Consejo de Europa de 2011) y de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Defender en este ámbito exige rigor probatorio extremo y conocimiento de la jurisprudencia sobre denuncias falsas (Art. 456 CP), simulación de delito (Art. 457 CP) y la doctrina constitucional sobre la prueba del Art. 153 CP (maltrato en el ámbito de la pareja).

La defensa eficaz requiere análisis exhaustivo del expediente: declaraciones previas, partes médicos, valoración psicológica forense, geolocalización del agresor en el momento de los hechos, mensajes de mensajería que reflejen la dinámica de la relación. Es vital la rápida solicitud de pruebas exculpatorias (testigos, cámaras de seguridad, periciales) que se pueden perder con el tiempo.

Defensas Habituales

  • Inverosimilitud del testimonio: peritaje psicológico forense que aplique los criterios de Steller-Köhnken para evaluar credibilidad.
  • Mutua agresión: en supuestos del Art. 153 CP, demostrar que ambas partes ejercieron violencia recíproca.
  • Suspensión de pena con tratamiento: negociación de la suspensión condicionada a programa formativo en igualdad.
  • Recurso frente a la orden de protección: revisión de la motivación de la medida cautelar.

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Texto oficial: artículo 153 del Código Penal en el BOE

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