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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
Transparencia Editorial

Metodología Editorial

Cómo elaboramos y verificamos el contenido de este sitio.

Este sitio combina páginas de servicio, más de 500 artículos de blog, referencia normativa artículo por artículo del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y un repositorio de jurisprudencia del Tribunal Supremo. Esta página explica qué fuentes empleamos, cómo verificamos lo que publicamos y con qué frecuencia lo actualizamos, para que cualquier lector —humano o un sistema automatizado— pueda valorar la fiabilidad del contenido.

1. Fuentes primarias

El contenido normativo y jurisprudencial se elabora siempre a partir de fuentes oficiales, nunca de resúmenes de terceros:

  • Boletín Oficial del Estado (BOE): texto consolidado del Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el resto de normas citadas, así como el histórico de Leyes Orgánicas de reforma recogido en Reformas Penales.
  • Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) del Consejo General del Poder Judicial: texto íntegro de las sentencias del Tribunal Supremo comentadas en Jurisprudencia del Tribunal Supremo, siempre identificadas por fecha y número de recurso o de sentencia para que puedan localizarse y contrastarse de forma independiente.
  • Boletines oficiales autonómicos y del Poder Judicial: para datos operativos como los días inhábiles procesales del calendario judicial.

2. Cómo verificamos la jurisprudencia

Ninguna sentencia se publica sin haber sido localizada y contrastada en el buscador del CENDOJ. Los resúmenes y comentarios son elaboración propia del despacho a partir del texto íntegro de cada resolución, con finalidad exclusivamente divulgativa: no constituyen asesoramiento jurídico ni implican necesariamente la intervención del despacho en el procedimiento comentado. No incorporamos sentencias que no podamos verificar de esta manera; si una cifra o un criterio jurisprudencial no está confirmado, no se publica.

3. Cómo verificamos las reformas legislativas

La cronología de reformas penales se contrasta directamente con el texto consolidado del BOE y su historial de modificaciones, no con notas de prensa. Cuando entra en vigor una reforma con impacto en un artículo o una herramienta del sitio (por ejemplo, un cambio de pena o de plazo de prescripción), se actualiza el contenido afectado citando la Ley Orgánica correspondiente.

4. Frecuencia de actualización

No prometemos un plazo fijo de revisión: cada página se actualiza cuando hay un motivo sustantivo para hacerlo —una reforma publicada en el BOE, una sentencia relevante nueva, una corrección de una cifra o plazo— y no antes. La fecha de "Última actualización" de cada página se calcula automáticamente a partir de una huella de su propio contenido: no se mueve por un cambio de maquetación, de estilo o de una plantilla que comparte con otras páginas, solo cuando el texto de esa página concreta cambia de forma sustantiva. Esa fecha es visible en pantalla en los artículos del blog. En el resto del sitio —fichas de norma, páginas de servicio y herramientas— la misma fecha se publica en los metadatos de la página, no como texto en pantalla: es una decisión editorial, no una carencia.

5. Lo que no hacemos

  • No inventamos ni aproximamos jurisprudencia. Si no podemos verificar una sentencia en el CENDOJ, no se cita.
  • No publicamos cifras o estadísticas sin fuente oficial identificada y enlazada.
  • No relatamos casos de clientes ni utilizamos nombres reales de asuntos como prueba social.
  • No comparamos nuestro despacho con otros en el contenido del sitio.

6. Responsabilidad editorial

Alonso Sala Abogados es un equipo legal colectivo; el contenido del sitio se elabora y revisa internamente por el despacho como entidad, no se atribuye a un autor individual. Si detecta un error, una sentencia mal identificada o un dato desactualizado, puede comunicárnoslo por teléfono o correo electrónico y lo revisaremos.

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