Abogado Penalista Urgente en Madrid
Asistencia al detenido en comisaría, juicios rápidos y defensa penal especializada en Madrid.
El Art. 17.2 de la Constitución fija un límite máximo de setenta y dos horas desde la detención hasta la libertad o la puesta a disposición judicial. Ser citado como investigado (Art. 775 LECrim) es distinto de ser detenido: la citación es un llamamiento a declarar en un procedimiento ya abierto, sin privación de libertad previa, mientras que la detención (Art. 490 LECrim) sí la implica. En ambos casos rige el derecho a no declarar contra uno mismo (Art. 24.2 CE y Art. 520.2 LECrim). El juicio rápido (Art. 795 LECrim) no es el procedimiento abreviado (Arts. 757 y ss. LECrim), sino un procedimiento propio para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos: penas de prisión de hasta cinco años, causa incoada por atestado policial y, entre otros supuestos, delito flagrante o instrucción presumiblemente sencilla. Nuestra defensa interviene desde el primer aviso para proteger esos plazos y derechos.
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Si usted o un familiar están detenidos, la ley le reconoce garantías desde el primer minuto: derecho a guardar silencio, derecho a un abogado presente desde el inicio de las diligencias, derecho a intérprete gratuito si no habla castellano y derecho a que se comunique la detención a un familiar. La detención policial tiene un límite legal claro: nunca puede durar más de 72 horas (Art. 17.2 CE), y en la práctica la mayoría se resuelven en 24-48 horas mediante juicio rápido o puesta a disposición judicial.
Guía completa: Me Han Detenido, ¿Qué Hago?, con el desarrollo íntegro de los 7 derechos del detenido.
Preguntas frecuentes sobre actuación urgente
¿Cuánto puede durar una detención policial?
¿Es lo mismo estar citado como investigado que estar detenido?
¿Qué pasa si no acudo a una citación judicial?
¿Puedo negarme a declarar ante la policía o el juez?
¿Un juicio rápido es lo mismo que un juicio de conformidad?
¿Me pueden detener por un delito leve?
¿Qué ocurre cuando el detenido pasa a disposición judicial?
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