Qué es la conformidad del artículo 801 LECrim
La conformidad es la aceptación por el acusado, asistido de su abogado, de los hechos, la calificación y la pena solicitada por la acusación, que permite dictar sentencia sin celebrar el juicio. En el juicio rápido (arts. 795 y siguientes LECrim), el artículo 801 añade un incentivo único en nuestro proceso penal: si el acusado presta su conformidad ante el propio juzgado de guardia, este dicta en el acto sentencia de conformidad e impone la pena solicitada reducida en un tercio. Es la llamada "conformidad premiada": la única en la que la rebaja está fijada por la ley y no depende de la negociación.
La sentencia se dicta oralmente y, si el fiscal y las partes personadas expresan su decisión de no recurrir, el juez declara en el mismo acto su firmeza y, si la pena impuesta es privativa de libertad, resuelve lo procedente sobre su suspensión o sustitución (art. 801.2 LECrim). Todo el proceso puede quedar resuelto en horas desde la detención o la citación.
Los tres requisitos del artículo 801.1 LECrim
1.º Sin acusación particular y con escrito de acusación del fiscal
El primer requisito exige "que no se hubiera constituido acusación particular y el Ministerio Fiscal hubiera solicitado la apertura del juicio oral y, así acordada por el juez de guardia, aquél hubiera presentado en el acto escrito de acusación". Si la víctima se ha personado como acusación particular, la conformidad ante el juzgado de guardia queda cerrada; no obstante, el artículo 801.5 permite entonces que el acusado preste en su escrito de defensa la conformidad con la más grave de las acusaciones.
2.º Delito castigado con hasta tres años de prisión, multa u otra pena de hasta diez años
El segundo requisito atiende a la pena prevista en el Código Penal para el delito, no a la solicitada: los hechos deben haber sido "calificados como delito castigado con pena de hasta tres años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años". Quedan dentro la inmensa mayoría de los delitos que se tramitan como juicio rápido: seguridad vial, lesiones menos graves, hurtos, quebrantamientos o daños, entre otros.
3.º La prisión solicitada, reducida en un tercio, no puede superar los dos años
El tercer requisito solo rige para las penas privativas de libertad: "la pena solicitada o la suma de las penas solicitadas no supere, reducida en un tercio, los dos años de prisión". En la práctica significa que la prisión solicitada por el fiscal no puede exceder de tres años, pues tres años menos un tercio son exactamente dos. Para la multa y los trabajos en beneficio de la comunidad este tercer límite no se aplica.
Cómo se calcula la reducción de un tercio
La operación es sencilla: la pena resultante es dos tercios de la pena solicitada. Una pena solicitada de 18 meses de prisión queda en 12 meses; una de 9 meses, en 6. Con la multa, el criterio habitual —que esta calculadora sigue de forma orientativa— es reducir en un tercio la extensión temporal manteniendo la cuota diaria: una multa solicitada de 12 meses a 6 € diarios queda en 8 meses (240 días, art. 50.4 CP) y su importe pasa de 2.160 € a 1.440 €. Con los trabajos en beneficio de la comunidad se reducen las jornadas: 60 jornadas solicitadas quedan en 40.
El artículo 801.2 contiene además una regla excepcional: la pena reducida se impone "aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al límite mínimo previsto en el Código Penal". Por eso el resultado de esta calculadora puede quedar legítimamente por debajo del mínimo del tipo penal aplicable, algo que fuera de este cauce no sería posible.
Conformidad y suspensión de la pena de prisión
Si la prisión resultante no supera los dos años, puede examinarse la suspensión de la ejecución (arts. 80 a 87 CP), que exige valorar, entre otros extremos, que el penado haya delinquido por primera vez y el compromiso de satisfacer la responsabilidad civil. El artículo 801.3 LECrim facilita este examen en el juicio rápido: basta el compromiso del acusado de pagar las responsabilidades civiles en el plazo prudencial que fije el juzgado de guardia. La suspensión nunca es automática: es una decisión judicial motivada que se estudia caso por caso.
Conformidad en el procedimiento abreviado: sin rebaja del tercio
Fuera del juicio rápido no existe reducción legal automática. En el procedimiento abreviado, tras la reforma operada por la LO 1/2025, la conformidad ordinaria se presta en la audiencia preliminar regulada en el artículo 785 LECrim: las partes pueden pedir que se dicte sentencia de conformidad con el escrito de acusación de mayor gravedad o con el que se presente en ese acto, y el juez o tribunal controla que la calificación sea correcta y la pena procedente. La ventaja para el acusado dependerá de lo negociado dentro del marco legal de la pena, pero la ley no impone rebaja alguna de un tercio. Por eso esta calculadora, cuando se selecciona el procedimiento abreviado, no aplica reducción.
Lo que esta calculadora no puede decirle
El resultado parte siempre de la pena solicitada por el fiscal, que puede variar hasta el mismo acto de la conformidad, y no incluye las penas accesorias, la privación del derecho a conducir u otras consecuencias que acompañan a muchas condenas, ni la responsabilidad civil, que no se reduce. Tampoco valora si conviene o no conformarse: aceptar una conformidad supone renunciar al juicio y a discutir la prueba, y solo un análisis profesional del atestado y de las diligencias permite decidir con criterio. Consulte siempre con un abogado penalista antes de tomar la decisión.