Cómo se computan los plazos procesales
Esta herramienta estima la fecha de vencimiento de un plazo procesal a partir de la fecha de notificación, la duración y la unidad del plazo. Aplica las reglas del artículo 133 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de aplicación supletoria al proceso penal: el plazo empieza a correr desde el día siguiente al acto de comunicación y, en los plazos señalados por días, se excluyen los días inhábiles; si el último día es inhábil, el plazo se entiende prorrogado al siguiente día hábil. Los plazos por meses o años se computan de fecha a fecha (art. 133 LEC y art. 5 del Código Civil).
Son días inhábiles a efectos procesales, conforme al artículo 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), los sábados y domingos, las fiestas nacionales y los festivos autonómicos o locales. El artículo 183 LOPJ declara inhábil el mes de agosto, salvo las actuaciones urgentes; y, tras la reforma de la LO 14/2022 (arts. 182-183 LOPJ y art. 130.2 LEC, en vigor desde el 23 de diciembre de 2022), también es inhábil el periodo del 24 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive.
La excepción penal es relevante: según el artículo 201 LECrim, «todos los días y horas del año serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial». Por eso, activando el modo «instrucción penal», la calculadora no descuenta festivos, fines de semana ni el mes de agosto.
El resultado es orientativo. El calendario de festivos utilizado corresponde a 2026 y no incluye las dos fiestas locales de cada municipio, que también son inhábiles. Determinados procedimientos y ciertos delitos están sujetos a plazos o límites especiales. Verifique siempre el plazo exacto que fija la resolución y el calendario de la sede judicial competente.