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Alonso Sala

ABOGADOS PENALISTAS

Abogados Especialistas en Delitos de Seguridad Vial

Despacho de abogados penalistas especialistas en delitos contra la seguridad vial en toda España. Alcoholemia, drogas, exceso de velocidad y negativa a pruebas. Arts. 379-385 CP.

Qué son los Delitos contra la Seguridad Vial: Alcoholemia, Drogas y Temeridad (Arts. 379-385 ter CP)

Los delitos contra la seguridad vial (Arts. 379-385 ter CP) constituyen una categoría de delitos de peligro abstracto: castigan conductas idóneas para poner en riesgo la vida o integridad de las personas en el tráfico rodado, sin necesidad de que se produzca accidente ni resultado lesivo. El bien jurídico protegido es la seguridad colectiva en el tráfico, complementada por la vida y la integridad de los usuarios de las vías. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo ha reiterado que basta acreditar la conducta típica —conducción con tasa superior, exceso de velocidad cualificado, negativa a las pruebas, conducción sin permiso vigente— para que se consume el delito, sin perjuicio de los tipos concursales cuando concurre lesión.

El Código Penal distingue varias modalidades. La conducción bajo influencia del alcohol (Art. 379.2 CP) se reputa delito automático cuando la tasa supera 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre; por debajo, requiere prueba de la afectación efectiva a la conducción. La conducción bajo drogas tóxicas o psicotrópicos (mismo Art. 379.2 inciso primero) se acredita con test salival y, en su caso, analítica de contraste. El exceso de velocidad cualificado (Art. 379.1 CP) opera cuando se supera el límite en más de 60 km/h en vía urbana o 80 km/h en vía interurbana. La conducción temeraria (Art. 380 CP) y la conducción con manifiesto desprecio por la vida (Art. 381 CP) elevan la pena cuando se evidencia desprecio consciente del riesgo. La negativa a someterse a las pruebas (Art. 383 CP) y la conducción sin permiso (Art. 384 CP) son tipos autónomos. Cierran el cuadro el abandono del lugar del accidente (Art. 382 bis CP) y la omisión del deber de socorro del propio causante (Art. 195.3 CP).

Las penas son alternativas pero acumuladas. Para la alcoholemia y la conducción bajo drogas: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, más privación del derecho a conducir de 1 a 4 años en todos los casos. La negativa a las pruebas conlleva prisión de 6 meses a 1 año y privación de 1 a 4 años, sin posibilidad alternativa de multa: por eso, técnicamente, soplar suele ser menos gravoso que negarse. La conducción sin permiso o tras pérdida de vigencia (Art. 384) lleva prisión de 3 a 6 meses o multa o trabajos comunitarios. La conducción temeraria con desprecio por la vida (Art. 381) llega hasta 5 años de prisión y privación del derecho a conducir hasta 10 años. Si se produce un resultado lesivo, opera el concurso con el Art. 152 CP (lesiones imprudentes) o el Art. 142 CP (homicidio imprudente).

La defensa técnica articula varios ejes recurrentes. Primero, la impugnación metrológica del etilómetro: revisión del expediente de calibración, intervalo entre pruebas, advertencia de derechos al conductor, lectura final y aplicación del margen de error oficial (jurisprudencia consolidada en SSTS 419/2017 y 145/2014). Una tasa de 0,64 mg/l puede caer por debajo del umbral penal tras aplicar el margen, transformando el delito en simple infracción administrativa. Segundo, la cadena de custodia en analíticas de sangre y orina, especialmente en pruebas hospitalarias tras accidente; cualquier ruptura puede determinar nulidad probatoria. Tercero, la distinción entre presencia e influencia en drogas: la mera detección de THC o cocaína no implica afectación a la conducción. Cuarto, la conformidad estratégica en juicios rápidos: la rebaja de un tercio (Art. 801 LECrim) puede convertir una pena de 6 meses en 4 meses, evitando la prisión sustituida por multa.

En la práctica forense actual constatamos un fuerte incremento de procedimientos por conducción de patinetes eléctricos (VMP), equiparados a vehículos a efectos de los Arts. 379 y siguientes (Sentencia AP Madrid Sección 17ª 419/2022, criterio confirmado por SSTS posteriores), y un endurecimiento jurisprudencial frente al abandono del lugar del accidente (Art. 382 bis), tipo introducido por la LO 11/2022 con penas autónomas. La Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia del Servicio Público de Justicia ha reordenado parcialmente los juicios rápidos y los plazos de citación. En Alonso Sala, nuestros abogados penalistas en delitos contra la seguridad vial intervienen en las primeras 48-72 horas tras la citación a juicio rápido para auditar el atestado, solicitar la documentación metrológica del etilómetro, revisar la legalidad del control y diseñar la estrategia más eficiente: absolución, degradación a infracción administrativa, conformidad rebajada o sustitución de pena. La pérdida del permiso de conducir suele tener un impacto profesional superior al de la propia pena, y por eso modulamos cada actuación pensando en el día después.

Servicios de Abogados de Seguridad Vial

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El Margen de Error

Los aparatos no son perfectos. La Ley exige aplicar un margen de error a su favor. Si dio 0.64 mg/l, aplicando el margen baja a 0.59 mg/l. Esa pequeña diferencia significa ABSOLUCIÓN del delito penal (quedando solo en multa administrativa).

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Sustitución de Pena

Si la condena es inevitable, luchamos para que NO sea prisión. El Código Penal permite elegir entre Prisión, Multa o Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC). En ausencia de antecedentes, trabajamos para que se sustituya la prisión por penas alternativas.

PELIGRO La Negativa a las Pruebas (Art. 383 CP)

Muchos conductores creen que negarse a soplar es mejor. ERROR GRAVE. Negarse es un delito autónomo de desobediencia castigado MÁS severamente que dar positivo.

Alcoholemia Positiva

Pena: Prisión 3-6 meses O Multa O Trabajos

Alternativa posible
Negativa a Soplar

Pena: Prisión 6 meses a 1 año

SOLO PRISIÓN (casi siempre)

Infracciones Comunes

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Alcoholemia

Defensa técnica ante positivos en etilómetro. Errores de calibración, curva de alcoholemia y márgenes de error.

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Drogas y Medicamentos

Defensa en positivos de test salival. Diferencia entre presencia e influencia, cadena de custodia y falsos positivos.

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Exceso de Velocidad

Impugnación de radares, márgenes de error y falta de identificación del conductor en delitos de velocidad.

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Conducción sin Carné

Estrategias para casos de pérdida de vigencia, retirada judicial o no obtención del permiso.

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Temeridad y Omisión

Defensa en conducción temeraria, kamikaze y delito de abandono del lugar del accidente.

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Negativa a las Pruebas

Defensa ante acusación de desobediencia por negarse a soplar o al test de drogas (Art. 383 CP).

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Abandono del Accidente

Fuga del lugar del accidente con víctimas. Art. 382 bis CP. Prisión de 6 meses a 4 años.

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Omisión de Socorro

No auxiliar a víctimas de accidente. Art. 195 CP. Prisión de hasta 4 años si usted causó el peligro.

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Carreras Ilegales

Carreras urbanas, conducción kamikaze y trompos. Art. 380 CP. Penas de hasta 5 años y comiso del vehículo.

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Patinetes Eléctricos

Alcoholemia, drogas y accidentes en VMP. Mismas penas que en coche. Le pueden quitar el carné.

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¿Por qué Alonso Sala en Delitos de Tráfico?

El carné es su herramienta de trabajo. Perderlo puede arruinar su vida laboral. Luchamos por cada día de reducción de la retirada.

  • check Asistencia inmediata en Juicios Rápidos (citación en 48h).
  • check Impugnación técnica de etilómetros y radares (márgenes de error).
  • check Negociación para sustituir prisión por multa o trabajos comunitarios.
  • check Reducción de retirada de carné al mínimo legal mediante conformidad.

Guía de Defensa en Delitos contra la Seguridad Vial: DUI, Conducción Temeraria y Sin Carnet

Los delitos contra la seguridad vial (Arts. 379-385 CP) figuran entre los más procesados en España. La conducción bajo influencia de alcohol o drogas, la conducción temeraria, sin permiso y con permiso privado de libertad conllevan no solo prisión o multa, sino privación del derecho a conducir que puede durar hasta 10 años.

Cuadro de Penas: Delitos contra la Seguridad Vial

DelitoArtículoUmbralPena
Conducción bajo alcohol (DUI)Art. 379.2> 0,60 mg/l aire / 1,2 g/l sangre3-6 meses prisión o multa + 1-4 a. privación
Conducción bajo drogasArt. 379.2Cualquier cantidad detectable3-6 meses prisión o multa + 1-4 a. privación
Exceso de velocidadArt. 379.1+60 km/h vía urbana / +80 km/h vía interurbana sobre el límite3-6 meses prisión o multa + 1-4 a. privación
Conducción temeraria (Art. 380)Art. 380Manifiesto desprecio a la vida6 meses – 2 años + 1-6 a. privación
Conducción sin permiso (nunca obtenido)Art. 384Nunca hubo permiso3-6 meses prisión o multa
Conducción con permiso privadoArt. 384Privado por resolución judicial/administrativa3-6 meses + 1-4 a. privación adicional
Fuga del lugar del accidente (Art. 382 bis)Art. 382 bisAbandono del lugar6 meses – 4 años

Estrategias Clave de Defensa en Seguridad Vial

Impugnar el etilómetro (alcoholímetro)

Los etilómetros deben estar homologados y calibrados. Líneas de defensa: caducidad de la calibración, mal funcionamiento del aparato, protocolo de administración incorrecto (se requieren 15 minutos de observación previa sin ingestas).

Impugnar el test de drogas en saliva

Las pruebas de saliva en carretera son orientativas, no concluyentes. Solicitar la prueba confirmatoria de analítica de sangre. Si no se realizó o el resultado es impugnable, la prueba puede ser insuficiente para condena.

Conducción temeraria: subjetivizar el riesgo

El Art. 380 requiere un riesgo concreto y manifiesto para los demás usuarios. Conducir rápido por una carretera vacía de madrugada puede no constituir el 'peligro manifiesto para la vida' exigido por el tipo penal.

Cómputo del período de privación

Si el acusado conducía creyendo que la privación había expirado (error administrativo, notificación incorrecta), puede faltar el elemento subjetivo del Art. 384. La defensa analiza la documentación de la privación y su notificación.

Fichas médicas y patologías que afectan al aliento

Ciertas patologías (diabetes, reflujo gástrico, dietas cetogénicas) generan falsos positivos en etilómetros. Un informe médico forense puede justificar la toma de análisis de sangre como prueba confirmatoria exclusiva.

Dolo versus imprudencia en accidentes

En accidentes de tráfico con resultado de muerte o lesiones graves, la diferencia entre dolo eventual (pena de homicidio) e imprudencia grave (pena mucho menor) es una de las batallas jurídicas más importantes de la defensa.

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Preguntas Frecuentes — Seguridad Vial

¿Cuál es la tasa de delito en alcoholemia? expand_more
A partir de 0.60 mg/l en aire (o 1.2 g/l en sangre) es delito automático. Entre 0.25 y 0.59 es multa administrativa (puntos), salvo que tenga síntomas evidentes de embriaguez.
¿Puedo negarme a soplar? expand_more
NI SE LE OCURRA. Negarse es un delito específico (desobediencia grave) castigado con prisión de 6 meses a 1 año. Es peor que dar positivo.
¿Es delito conducir sin puntos? expand_more
Sí. Conducir con el carné retirado por el Juez o tras perder todos los puntos (y haber sido notificado) es delito (Art. 384 CP). Penas de prisión o trabajos comunitarios.
¿Qué es el juicio rápido? expand_more
Si la policía le pilla in fraganti (control), le citan en 48h. Si reconoce los hechos, le rebajan la pena un tercio (ej. de 8 a poco más de 5 meses de retirada).
¿A qué velocidad es delito? expand_more
Si supera el límite en 60 km/h en ciudad (ej. ir a 110 en zona de 50) o en 80 km/h en interurbana (ej. ir a 200 en autovía). Es prisión o multa + retirada.
¿Cuánto tiempo me quitan el carné? expand_more
Mínimo 1 año y 1 día si va a juicio (se queda en 8 meses si conforma). En casos de reincidencia o gravedad puede ser más. Si es reincidente, pueden decomisarle el coche.
¿Puedo elegir trabajos en vez de multa? expand_more
Sí. La pena suele ser alternativa: Prisión O Multa O Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC). En alcoholemias solemos pedir Multa, pero si no tiene dinero, TBC.
¿Me quedan antecedentes? expand_more
Sí. Tener antecedentes es un problema para renovar permisos (armas), oposiciones o pedir la nacionalidad. Se cancelan a los 2-3 años.
¿Qué es la conducción temeraria? expand_more
Conducir con 'manifiesto desprecio por la vida'. Ej: Kamikaze, carreras ilegales, trompos en zonas peatonales. Penas de cárcel inmediatas (2-5 años).
¿Influyen los medicamentos? expand_more
Sí. Dar positivo en drogas por medicamentos (benzodiacepinas) puede ser delito si afectaba a su conducción. Pero si tiene receta, peleamos que es un falso positivo o falta de dolo.
¿Son fiables los etilómetros? expand_more
Tienen un margen de error. Siempre pedimos aplicar el margen (EMP) a su favor. Si dio 0.64, con el margen baja a 0.59 y deja de ser delito para ser multa.
¿Qué pasa si tengo un accidente borracho? expand_more
El seguro paga a la víctima, pero LUEGO LE RECLAMA A USTED todo lo pagado (derecho de repetición). Puede arruinarle la vida económicamente.
¿Me pueden quitar el coche? expand_more
Sí. El 'decomiso' del vehículo como instrumento del delito es posible en casos de temeridad manifiesta o reincidencia habitual.
¿Qué es el curso de reeducación? expand_more
Para recuperar el carné tras una condena penal, debe hacer un curso de sensibilización obligatorio en la DGT. Sin eso, no vuelve a conducir legalmente.
¿Cuándo prescribe? expand_more
A los 5 años, como la mayoría de delitos menos graves. Pero la ejecución de la pena (retirada) también prescribe si tardan mucho en notificarle.
¿Se puede recurrir la sentencia? expand_more
SÍ, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Pero si conformó en juicio rápido, renuncia al recurso. Por eso es vital asesorarse ANTES de conformar.
¿Qué pasa si no hago el curso de sensibilización? expand_more
No recupera el carné. Y si conduce sin recuperarlo, vuelve a cometer delito de conducir sin permiso vigente (Art. 384). Es un círculo vicioso que debe evitar.
¿Puedo conducir durante el proceso judicial? expand_more
SI no se le ha retirado cautelarmente, SÍ puede conducir hasta la sentencia. Pero si le pillan de nuevo, la cosa se complica (reincidencia).
¿Afecta a mi seguro? expand_more
MUCHO. Una condena penal por alcoholemia o temeridad SUBE muchísimo la prima del seguro o directamente le niegan la cobertura. Además, si causó daños, el seguro le reclama todo (repetición).
¿Qué pasa si era una emergencia médica? expand_more
Puede alegar estado de necesidad (Art. 20.5 CP) si conducía borracho para llevar a alguien al hospital. PERO debe probar que era la única opción (no había ambulancia, taxi, etc.). Es muy difícil pero posible.
¿Y si me pillan conduciendo durante la retirada del carné? expand_more
Delito NUEVO del Art. 384 (quebrantamiento de condena). Prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12-24 meses. Además, alargan la retirada inicial. Es el peor error que puede cometer tras una condena.

Defensa en Delitos de Seguridad Vial

Los delitos contra la seguridad vial (Arts. 379-385 ter CP) son los más numerosos en los juzgados de instrucción y, paradójicamente, los más infradefendidos. Una conducción bajo influencia de alcohol que supere los 0,60 mg/l en aire espirado o los 1,2 g/l en sangre constituye delito (Art. 379.2 CP) con pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses, además de privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. La defensa exige conocer en profundidad la jurisprudencia sobre margen de error de los etilómetros, la validez del consentimiento en la prueba de aire espirado y los protocolos de cadena de custodia en analíticas de sangre.

Nuestro despacho ha desarrollado defensa especializada en impugnación técnica de pruebas de alcoholemia: revisión del expediente metrológico del etilómetro, comprobación del último calibrado, análisis del intervalo entre pruebas, validez de la advertencia de derechos al conductor y suficiencia de la lectura. En conducciones bajo drogas (Art. 379.2 párrafo segundo CP), discutimos la fiabilidad de los test salivales (DrugWipe, Dräger DrugTest) y solicitamos la analítica de contraste en sangre o orina.

Estrategias Defensivas Efectivas

  • Margen de error del etilómetro: aplicación de la tolerancia metrológica oficial reduce la tasa real.
  • Negativa válida a la prueba: distinguir negativa delictiva (Art. 383 CP) de causas justificadas.
  • Cadena de custodia: revisión de protocolos en extracciones sanguíneas, especialmente en hospital.
  • Conformidad estratégica: negociación para mantener pena privativa de derechos por debajo del año cuando es viable.

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Delitos contra la Seguridad Vial en otras ciudades

Página dedicada a alcoholemia, conducción temeraria y negativa a pruebas:

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gavelElementos del Delito

  • check_circlePeligro Abstracto:No hace falta accidente. Basta con superar la tasa (0.60) o velocidad.
  • check_circleNegativa:Negarse a soplar es delito de desobediencia grave (pena de prisión).
  • check_circleNotificación:Para delito de 'sin carné', debe constar que usted sabía que no tenía puntos.

gavelConsecuencias Penales

Retirada de Carné

Mínimo 8 meses (con conformidad) hasta 4 años.

Prisión 3-6 meses

Posible en tasas muy altas o reincidencia. Sustituible por multa o TBC.

Decomiso Vehículo

En casos extremos de temeridad o multirreincidencia.

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