Me Han Detenido: ¿Qué Hacer? Guía del Abogado Penalista
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Si está leyendo esto porque le acaban de detener o van a detenerle, lo primero: no declares sin abogado. Tienes derecho a guardar silencio y es, probablemente, la decisión más importante que tomarás en las próximas horas. Como abogados penalistas especializados en asistencia al detenido, le explicamos paso a paso qué hacer.
Sus Derechos como Detenido
El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal garantiza estos derechos desde el momento de la detención:
- Derecho a guardar silencio: No está obligado a contestar ninguna pregunta. Puedes declarar solo ante el juez.
- Derecho a no declarar contra usted mismo: Nadie puede obligarte a confesar o aportar pruebas en tu contra.
- Derecho a designar abogado: Puedes elegir tu propio abogado o pedir uno de oficio (turno de oficio).
- Derecho a ser informado: Deben decirte por qué le detienen, qué delito se le imputa y qué derechos tiene.
- Derecho a comunicar la detención: A un familiar o persona de su elección.
- Derecho a intérprete: Si no hablas español, tienen que proporcionarte uno gratuito.
- Derecho a reconocimiento médico: Puedes pedir que un médico te examine.
⚠️ REGLA DE ORO
NO declares sin su abogado presente. La mayoría de las condenas se basan total o parcialmente en lo que el detenido dijo en comisaría. "Solo quería explicarme" es la frase que más hemos escuchado de clientes que se perjudicaron a sí mismos.
Qué NO Hacer si te Detienen
- NO te resistas físicamente. La resistencia a la autoridad es un delito adicional (Art. 556 CP). Colabora con la detención aunque creas que es injusta.
- NO insultes ni amenaces a los agentes. Los atestados policiales reflejan todo lo que dices y cómo le comportas.
- NO firmes nada sin leerlo. Y nunca sin que su abogado lo haya revisado primero.
- NO consientas registros voluntariamente. Si le piden que abras el móvil, el coche o el domicilio, di educadamente que quiere esperar a su abogado.
- NO hables con otros detenidos en el calabozo. Pueden ser informantes o repetir lo que dices ante el juez como testigos.
- NO llames a nadie para "explicar su versión". Las llamadas desde comisaría pueden ser escuchadas.
El Proceso Paso a Paso
1. La detención (minuto 0)
Los agentes le identifican, le informan del motivo y te leen sus derechos. Te trasladan a comisaría. Te requisarán objetos personales (cinturón, cordones, teléfono).
2. Llamada al abogado (primeros minutos)
Si tiene abogado de confianza, da su nombre y teléfono. Si no, se activa el turno de oficio. El abogado de oficio tiene un plazo máximo de 3 horas para presentarse en comisaría.
3. Entrevista reservada con su abogado (antes de declarar)
Tienes derecho a hablar con su abogado en privado durante al menos 30 minutos antes de la declaración. Es confidencial. Cuéntale TODO: lo bueno y lo malo. Su abogado no puede ayudarle si le ocultas información.
4. La declaración policial
Su abogado te aconsejará si declarar o acogerte al derecho a no declarar. En la mayoría de casos, el silencio es la mejor opción. No perjudica y protege. Si decide declarar, su abogado estará presente y puede intervenir.
5. ¿Cuánto dura la detención?
- Máximo 72 horas para delitos comunes.
- Hasta 5 días en delitos de terrorismo o banda armada (con autorización judicial).
- Pasado el plazo, deben dejarte en libertad o ponerle a disposición judicial.
6. Puesta a disposición judicial
Tras la detención, le llevan al Juzgado de Guardia. El juez decide: libertad con cargos (lo más habitual), libertad con medidas cautelares, o prisión provisional (casos excepcionales de gravedad).
Tipos de Detención
- Detención policial: Los agentes le detienen en la calle, en su domicilio o durante un control. Es la más frecuente.
- Detención por orden judicial: Un juez ha dictado una orden de detención contra usted. La policía te busca activamente.
- Detención del particular: Un ciudadano te retiene al sorprenderte cometiendo un delito flagrante. Debe entregarte inmediatamente a la policía.
- Citación policial (no es detención): Te citan para declarar como investigado. No está detenido, pero necesita abogado igualmente.
¿Qué Pasa Después de la Detención?
Si le dejan en libertad con cargos, el procedimiento judicial sigue su curso. Recibirás citaciones del juzgado para declarar como investigado. Es fundamental que contactes con su abogado penalista inmediatamente para preparar su defensa desde el primer momento.
💡 Consejo de Alonso Sala
Guarda nuestro teléfono 91 078 65 74 en su agenda como "Abogado Urgencia". Si alguna vez le detienen, solo tiene que dar ese número y le organizaremos la asistencia letrada con la mayor celeridad posible en horario de actividad del despacho.
En Alonso Sala, la asistencia al detenido en comisaría es una de nuestras áreas habituales. La primera declaración marca el tono de todo el procedimiento. Llama al 91 078 65 74 tan pronto como sea posible tras la detención.
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