Art. 368 CP: Delito contra la Salud Pública y Tráfico de Drogas
Última actualización:
listEn este artículo
lightbulbPuntos Clave
- check_circleArt. 368 CP
- check_circleAutoconsumo
- check_circleNulidad de prueba
- check_circleNotoria Importancia
Respuesta rápida
Los delitos contra la salud pública por tráfico de drogas (art. 368 CP) castigan el cultivo, la elaboración, el tráfico o la facilitación del consumo ilegal de drogas. La pena es de prisión de 3 a 6 años para las sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína) y de 1 a 3 años para las que no (cannabis), agravándose por la cantidad, la organización o la difusión a menores.
¿Necesita ayuda con su caso? Hable con un abogado penalista de Alonso Sala.
El delito contra la salud pública, comúnmente conocido como tráfico de drogas, es uno de los más perseguidos y con penas más severas en el Código Penal. Como abogados penalistas especialistas en delitos contra la salud pública y tráfico de drogas, analizamos la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo.
Tipos Delictivos y Sustancias
El artículo 368 diferencia entre sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, psicotrópicos) y las que no (hachís, marihuana). Esta distinción es vital, pues la pena mínima varía de 3 años a 1 año de prisión respectivamente.
Líneas de Defensa
La defensa no siempre consiste en negar la posesión. A menudo, la línea defensiva más eficaz pasa por atacar la validez de la prueba (nulidad de registros sin orden judicial, rotura de cadena de custodia) o argumentar que la sustancia estaba destinada al autoconsumo o consumo compartido, conductas que son atípicas (no delictivas) en España.
Agravantes Críticos
La "Notoria Importancia" y la pertenencia a Organización Criminal pueden disparar las penas por encima de los 9 o 10 años. Combatir estos agravantes es la prioridad absoluta de la defensa técnica.
¿Detenido por Tráfico de Drogas?
La defensa técnica en delitos contra la salud pública es clave: nulidad de escuchas, rotura de cadena de custodia y autoconsumo. Nuestros abogados especialistas en tráfico de drogas en Madrid se dedican exclusivamente a este tipo de procedimientos.
Especialistas por sustancia: Cocaína · Hachís y Marihuana · Heroína · MDMA · Menudeo · Narcopisos · Autoconsumo vs Tráfico
➡️ Abogado Tráfico de Drogas — Consulta inmediata
📞 Asistencia urgente: 91 078 65 74
⚖️ ¿Necesita un abogado penalista?
Si se enfrenta a una acusación relacionada con drogas y salud pública, nuestro despacho puede ayudarle. Despacho dedicado en exclusiva al derecho penal.
Preguntas frecuentes
¿Qué pena tiene el tráfico de drogas?expand_more
Depende de la sustancia: las que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, MDMA) se castigan con prisión de 3 a 6 años; las que no lo causan (cannabis, hachís), con prisión de 1 a 3 años. La pena sube con los agravantes del art. 369 CP.
¿La tenencia de droga para autoconsumo es delito?expand_more
No. Tener droga para el consumo propio no es delito, sino una posible sanción administrativa si se hace en la vía pública. El delito aparece cuando hay indicios de destino al tráfico: la cantidad, el fraccionamiento en dosis, el dinero o las básculas.
¿Qué agravantes existen en el tráfico de drogas?expand_more
El art. 369 CP agrava por notoria importancia de la cantidad, pertenencia a organización, difusión a menores o en centros educativos, entre otros. El art. 370 CP prevé la extrema gravedad (jefatura de organización o uso de embarcaciones), con las penas más altas.
¿Cómo se defiende una acusación por tráfico de drogas?expand_more
Atacando la licitud de los registros, entradas y escuchas (su nulidad puede invalidar toda la prueba), la cadena de custodia y la pericial de pureza, y discutiendo el destino al tráfico frente al autoconsumo. La atenuante de drogadicción puede rebajar la pena.
gavel¿Necesita defensa penal en este ámbito?
Somos abogados penalistas especialistas en salud pública. Actuamos con urgencia para proteger sus derechos y evitar la imputación o condena.