Texto íntegro
Texto vigente desde el 23 de diciembre de 2010.
TÍTULO XVII — De los delitos contra la seguridad colectiva
El artículo 368 del CP castiga el tráfico de drogas: quien ejecuta actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posee con esos fines. La pena es de prisión de tres a seis años y multa si se trata de sustancias que causan grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa en los demás casos. El tribunal puede imponer la pena inferior en grado atendiendo a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias del culpable.
Texto vigente desde el 23 de diciembre de 2010.
Análisis en profundidad
Artículo 368 del Código Penal: tráfico de drogas — penas, jurisprudencia y estrategia de defensaGuía monográfica del despacho sobre este precepto, con casos habituales y líneas de defensa.
Histórico de reformas de este artículo, de la más antigua a la más reciente, tal como consta en la legislación consolidada del BOE.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Vigente del 24/05/1996 al 22/12/2010
El cultivo, la elaboración y el tráfico de drogas, cualquier acto que promueva, favorezca o facilite su consumo ilegal, y su posesión con esos fines.
Prisión de tres a seis años y multa si la sustancia causa grave daño a la salud, y prisión de uno a tres años y multa en los demás casos.
Es la distinción que separa las dos escalas de pena del artículo: determina si se aplica la horquilla de tres a seis años o la de uno a tres años.
Sí. El tribunal puede imponer la pena inferior en grado por la escasa entidad del hecho y las circunstancias personales del culpable, salvo que concurra alguna de las circunstancias de los artículos 369 bis y 370.
Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.
Prisión máxima mencionada
6 años
Clasificación (arts. 13 y 33 CP)
Delito grave
Prescripción (art. 131 CP)
10 años
Nuestro equipo defiende habitualmente acusados por tráfico de drogas. Estrategia técnica orientada al archivo, sobreseimiento o absolución cuando es jurídicamente viable.
Esta página tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico: cada procedimiento exige un estudio individualizado. Cómo se elabora y verifica este contenido: metodología editorial.