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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
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Abogados Penalistas en Tráfico de Cocaína

Defensa experta en delitos de tráfico de cocaína. Análisis de pureza, cadena de custodia y nulidad probatoria

Última actualización:

Penas por Tráfico de Cocaína (2026)

TipoPrisiónMultaCantidad (pura)
Tipo básico (Art. 368.1)3-6 añosTanto al triplo<750g
Notoria importancia (Art. 369.1.5ª)6-9 añosTanto al cuádruplo≥750g
Organización + Notoria (Art. 369 bis)9-13,5 añosTanto al séxtuplo≥750g
Jefatura organización (Art. 370)13,5-20,25 añosMáximo legalCualquiera

Cocaína: Consumo vs. Tráfico — Cantidades de Referencia

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Autoconsumo

≤ 7,5g

Consumo 3-5 días según TS. Infracción administrativa (multa), no penal.

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Zona de Riesgo

7,5g - 750g

Tráfico tipo básico. Art. 368.1 CP. Presunción de tráfico si no se acredita consumo.

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Notoria Importancia

≥ 750g

Cocaína PURA. Agravante que eleva la pena a 6-9 años. Clave: exigir análisis de pureza.

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Estrategia de Defensa en Tráfico de Cocaína

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Análisis de Pureza

La policía pesa en bruto. 1 kg de cocaína cortada al 30% = solo 300g puros. Si el peso puro baja de 750g, desaparece la agravante de notoria importancia. Ahorro potencial: 3 años de prisión.

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Nulidad de Escuchas

Las intervenciones telefónicas requieren auto judicial motivado. Si el juez autorizó sin indicios suficientes, toda la prueba derivada de las escuchas es nula: fruto del árbol envenenado.

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Cadena de Custodia

Desde la incautación en la calle hasta el laboratorio del INT: ¿está todo precintado? ¿Coinciden los pesos? ¿Hay acta de cada movimiento? Una ruptura invalida la prueba material.

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Individualización

En causas con múltiples acusados, separamos la conducta de nuestro cliente del conjunto. Estar presente no es participar. La mera relación con otros investigados no prueba el concierto criminal.

¿Detenido por Tráfico de Cocaína?

Cada gramo de pureza cuenta. Cada auto judicial mal motivado es su oportunidad. Somos abogados penalistas especializados en tráfico de cocaína con experiencia en macro-causas ante la Audiencia Nacional y Audiencias Provinciales.

hubEspecialidades en Delitos contra la Salud Pública

Guía de Defensa en Delitos de Tráfico de Drogas y Salud Pública

Los delitos contra la salud pública relacionados con drogas (Arts. 368-378 CP) están entre los más perseguidos en España. El Código Penal distingue entre sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, anfetaminas) y las de menor daño (cannabis, MDMA). Esta distinción es fundamental — determina directamente las penas mínimas y máximas aplicables, con una diferencia de hasta el triple en la prisión.

Cuadro de Penas: Delitos contra la Salud Pública

DelitoArtículoTipo de sustanciaPena
Tráfico básicoArt. 368Grave daño (cocaína)3 – 6 años
Tráfico básicoArt. 368Menor daño (cannabis)1 – 3 años
Tráfico agravado (Art. 369)Art. 369Gran cantidad / menores4,5 – 9 / 1,5 – 4,5 años
Organización criminal (Art. 369 bis)Art. 369 bisCrimen organizado9 – 12 años
Tráfico internacional (Art. 370)Art. 370Transfronterizo / escala masivaMitad superior aplicable
Posesión para consumo propioNo penalCantidades personalesSolo sanción administrativa

Estrategias Clave de Defensa en Drogas

Defensa de autoconsumo (Art. 368 CP)

Si la cantidad hallada corresponde a patrones de consumo personal y no hay signos agravatorios (báscula, bolsitas, grandes sumas de dinero), la defensa argumenta que la sustancia era para consumo propio — no es infracción penal.

Defensa del Club Social de Cannabis

Los clubs de cannabis legalmente constituidos no constituyen tráfico si: asociación cerrada de adultos, distribución sin ánimo de lucro, sin publicidad exterior y cantidades acordes al consumo establecido de los socios.

Impugnar el umbral de 'notoria importancia'

El umbral de 'notoria importancia' (que agrava la pena al doble) se fija por jurisprudencia sobre la sustancia pura. Descontados adulterantes e impurezas, muchos casos quedan por debajo del umbral agravatorio.

Cadena de custodia de la droga

La evidencia de droga se impugna frecuentemente por deficiencias en la cadena de custodia. Irregularidades en el precintado, traslado o análisis en laboratorio pueden invalidar la prueba pericial.

Organización criminal: acreditar el rol mínimo

Pertenecer a una organización requiere estructura estable y jerarquizada. La cooperación esporádica o un papel menor (conductor, vigilante) no activa automáticamente el Art. 369 bis.

Entrega vigilada y provocación policial

La prueba obtenida mediante provocación policial ilícita (agente provocador) es nula de pleno derecho. Distinguir entre infiltración policial (lícita) y la provocación de un delito que no habría ocurrido sin ella.

Atenuantes Específicas en Delitos de Drogas

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Drogodependencia (Art. 21.2 CP)

La adicción acreditada puede operar como atenuante simple, atenuante muy cualificada o incluso como eximente incompleta, reduciendo significativamente la pena. Requiere pericias psicológicas y médicas que demuestren que la adicción afectó a la capacidad del sujeto de comprender la ilicitud de su conducta.

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Colaboración Activa (Art. 376 CP)

Permite reducir la pena en 1-2 grados al arrepentido que proporcione pruebas eficaces para identificar a otros responsables o desarticular la organización. La información debe ser NUEVA, VERIFICABLE y ÚTIL. Requiere valoración estratégica antes de cooperar.

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Doctrina del Consumo Compartido

El Tribunal Supremo ha definido 5 requisitos cumulativos: consumidores habituales e identificados, lugar cerrado, cantidad moderada para consumo inmediato, consumo simultáneo y ausencia de ánimo de lucro. El incumplimiento de cualquiera convierte la conducta en tráfico.

Umbrales de 'Notoria Importancia' por Sustancia

SustanciaUmbral (puro)Equivalente bruto (aprox.)Impacto en pena
Cocaína750 g puro~3-5 kg bruto6-9 años
Heroína300 g puro~1-2 kg bruto6-9 años
Hachís2.500 g THC~10 kg material1,5-4,5 años
MDMA240 g puro~720 pastillas6-9 años
Anfetamina90 g puro~300 g bruto6-9 años
Metanfetamina15 g puro~30 g bruto6-9 años

Procedimiento: Desde la Detención hasta el Juicio

1

Detención y Guardia Policial

Máximo 72 horas. Derecho a abogado y a no declarar. Nunca declare sin su abogado presente.

2

Audiencia Judicial (Art. 505 LECrim)

Dentro de las 72 horas. El juez decide: libertad, fianza o prisión provisional. Audiencia crítica en tráfico de drogas.

3

Fase de Instrucción

Análisis de pruebas, informes periciales (toxicología, pureza). Periodo para impugnar escuchas y registros. Duración: 6-18 meses.

4

Auto de Apertura de Juicio Oral

La Fiscalía formula acusación. La defensa puede solicitar sobreseimiento o degradación de cargos.

5

Juicio Oral

Vista ante Audiencia Provincial (tráfico básico) o Audiencia Nacional (organización/internacional). Duración: 1 día a varios meses en macrocausas.

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Preguntas Frecuentes: Tráfico de Cocaína

¿Cuánta cocaína es para consumo propio?expand_more
No hay una cifra legal: la jurisprudencia maneja como referencia orientativa unos 7,5 gramos (3-5 días de dosis), a partir de los umbrales del Instituto Nacional de Toxicología asumidos por Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del TS. Superarla genera una presunción de tráfico que es rebatible: la defensa puede desvirtuarla acreditando el ánimo de consumo (adicción, compra para varios días).
¿Qué pena tiene el tráfico de cocaína?expand_more
Tipo básico: 3-6 años de prisión y multa del tanto al triplo (Art. 368.1 CP). La cocaína es sustancia que causa 'grave daño a la salud', por lo que las penas son superiores a las del cannabis o hachís.
¿Qué es la notoria importancia en cocaína?expand_more
El umbral orientativo es 750 gramos de cocaína pura (no peso bruto), conforme al Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del TS. La agravante (Art. 369.1.5ª) eleva la pena a 6-9 años. Es fundamental exigir el análisis de pureza: 1 kg de cocaína cortada al 30% solo contiene 300g de sustancia pura, por debajo del umbral.
¿Me pueden condenar por una transacción puntual?expand_more
Sí. Basta una sola venta documentada (vigilancia policial, dinero marcado, compra simulada) para condenar por tráfico de drogas. No es necesario que sea una actividad habitual.
¿La cocaína adulterada cambia la pena?expand_more
Sí. Si la sustancia está extremadamente cortada y la cantidad de principio activo es ínfima, la defensa puede argumentar inidoneidad del objeto. La pureza determina el tipo penal y las agravantes aplicables.
¿Qué pasa si me detienen con cocaína en un control?expand_more
Si la cantidad es pequeña (menos de 7,5g), será sanción administrativa (multa 601-30.000€). Si es mayor o hay indicios de venta (dinero fraccionado, bolsitas individualizadas), le detendrán por delito contra la salud pública.
¿Es delito el consumo de cocaína en privado?expand_more
No. El consumo privado no es delito penal. El consumo en la vía pública es infracción administrativa (Ley Mordaza). Solo la tenencia destinada al tráfico es delito penal.
¿Cómo se acredita que la cocaína era para consumo propio?expand_more
Mediante: análisis capilar de consumo habitual, informes de centros de tratamiento, historial médico de adicción, ausencia de indicios de venta (báscula, bolsitas, dinero fraccionado), y declaración coherente del investigado.
¿Me pueden decomisar mi vivienda por tráfico?expand_more
Sí. El Art. 374 CP permite el decomiso de bienes adquiridos con ganancias del narcotráfico: inmuebles, vehículos, cuentas bancarias. La defensa patrimonial es tan importante como la defensa penal.
¿La colaboración con la policía reduce la pena?expand_more
Sí. El Art. 376 CP permite reducir la pena en 1-2 grados si el acusado proporciona pruebas eficaces para la identificación de otros responsables o la desarticulación de la organización. Es una herramienta poderosa.

¿Necesita Asistencia Legal Especializada?

El sistema judicial es complejo. Contamos con la especialización penal y los recursos técnicos necesarios para asumir la defensa.

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