Artículos 237 y 242 CP: El Delito de Robo · Penas y Defensa (2026)
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lightbulbPuntos Clave
- check_circleRobo = fuerza en las cosas o violencia
- check_circleRobo en casa habitada: 2 a 5 años
- check_circleCon violencia y armas: hasta 5 años
- check_circleAtenuación si la violencia es de menor entidad
Respuesta rápida
Los artículos 237 y siguientes del Código Penal regulan el delito de robo: apoderarse de cosa mueble ajena empleando fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas. El robo con fuerza se castiga con prisión de 1 a 3 años (2 a 5 en casa habitada) y el robo con violencia o intimidación, con prisión de 2 a 5 años.
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Los artículos 237 y siguientes del Código Penal regulan el delito de robo. A diferencia del hurto, el robo se caracteriza por el empleo de fuerza en las cosas o de violencia o intimidación en las personas. Como abogados penalistas especializados en delitos de robo, explicamos su régimen.
Qué Dice el Art. 237 CP
Son reos de robo quienes, con ánimo de lucro, se apoderaren de cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde se encuentran, o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida o sobre quienes acudieran en auxilio de la víctima.
Robo con Fuerza en las Cosas (Arts. 238 a 241)
El Art. 238 considera fuerza el escalamiento, el rompimiento de pared, techo o puerta, la fractura de armarios, el uso de llaves falsas o la inutilización de sistemas de alarma. Penas:
- Art. 240 — Robo con fuerza: prisión de 1 a 3 años.
- Art. 241 — Robo en casa habitada, edificio o local abiertos al público: prisión de 2 a 5 años.
Robo con Violencia o Intimidación (Art. 242)
- Tipo básico: prisión de 2 a 5 años.
- En casa habitada o con uso de armas u otros medios peligrosos: prisión de 3 años y 6 meses a 5 años.
- Atenuado: cuando la violencia o intimidación sean de menor entidad, el tribunal puede rebajar la pena en un grado.
El "tirón" y el robo de móvil
La calificación del tirón depende de si hubo verdadera violencia sobre la persona o solo destreza. Esa frontera —robo con violencia frente a hurto— puede suponer años de diferencia de pena.
Estrategias de Defensa
- Recalificar a hurto: si no hubo fuerza típica ni violencia sobre la persona.
- Atenuación del Art. 242.4: acreditar la menor entidad de la violencia o intimidación.
- Discutir el grado de ejecución: tentativa en lugar de delito consumado.
- Prueba: identificación dudosa, ausencia de imágenes o de testigos directos.
- Atenuantes: drogadicción, reparación del daño, confesión.
Consulte también nuestras guías sobre las diferencias entre robo con fuerza y con violencia y el robo en casa habitada.
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La calificación lo es todo: la diferencia entre hurto y robo, o entre robo básico y agravado, marca la pena.
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Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia el robo del hurto?expand_more
El robo exige fuerza en las cosas (escalamiento, fractura, llaves falsas) o violencia o intimidación en las personas. El hurto es el apoderamiento de cosa mueble ajena sin fuerza ni violencia. Esa frontera puede suponer años de diferencia de pena.
¿Qué pena tiene el robo con violencia o intimidación del artículo 242 CP?expand_more
El tipo básico se castiga con prisión de 2 a 5 años. Si se comete en casa habitada o con uso de armas u otros medios peligrosos, la pena es de 3 años y 6 meses a 5 años. Si la violencia o intimidación es de menor entidad, el tribunal puede rebajar la pena en un grado.
¿Qué se considera fuerza en las cosas?expand_more
El Art. 238 CP considera fuerza el escalamiento, el rompimiento de pared, techo o puerta, la fractura de armarios, el uso de llaves falsas o la inutilización de sistemas de alarma. El robo con fuerza se castiga con prisión de 1 a 3 años (Art. 240).
¿Qué pena tiene el robo en casa habitada?expand_more
El robo con fuerza en casa habitada se castiga con prisión de 2 a 5 años (Art. 241 CP). Si concurre violencia o intimidación, la pena se eleva a 3 años y 6 meses a 5 años (Art. 242.2 CP).
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