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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS

Artículo 201 de la LECrim

LIBRO I · TÍTULO IX — De los términos judiciales

Texto íntegro

Texto vigente desde el 8 de enero de 2001.

Todos los días y horas del año serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE). Texto consolidado vigente. BOE-A-1882-6036

¿Cómo afecta el artículo 201 LECrim a su caso?

Las normas procesales deciden tanto como las penales: plazos, nulidades, medidas cautelares y derechos del investigado. Un análisis técnico temprano del expediente permite detectar infracciones procesales aprovechables por la defensa.