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Alonso Sala

ABOGADOS PENALISTAS
currency_bitcoinÁrea de Práctica

Abogado Estafas Criptomonedas: Defensa Penal y Trazabilidad Blockchain

Cuando Bitcoin se convierte en prueba. Defensa técnica y forense blockchain en estafas cripto, ICOs y NFTs

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Última actualización:

Estafas con Criptomonedas: Bitcoin, NFT y DeFi ante el Código Penal

Las estafas con criptomonedas integran una categoría delictiva en rápida expansión que se reconduce a varios tipos del Código Penal según la conducta concreta: estafa informática agravada (Arts. 248-250 CP), blanqueo de capitales (Arts. 301-302 CP), delito contra la Hacienda Pública (Art. 305 CP) cuando se ocultan plusvalías superiores a 120.000 euros, y, en su caso, delitos societarios (Arts. 290-297 CP) en proyectos articulados a través de personas jurídicas instrumentales. La jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la Sala Penal de la Audiencia Nacional en materia de criptoactivos ha ido fijando criterios sobre prueba electrónica, cadena de custodia digital y valoración pericial blockchain. El Reglamento UE MiCA (2023/1114), aplicable plenamente desde diciembre de 2024, ha completado el marco regulatorio europeo, exigiendo licencias específicas a los proveedores de servicios sobre criptoactivos.

Las modalidades típicas en este sector son diversas y se sofistican constantemente. Las ICOs e IDOs fraudulentas (Initial Coin/DEX Offerings): venta de tokens con un white paper que promete tecnología o utilidad inexistentes, recaudación de fondos millonaria y desaparición de los promotores. Los rug pulls: abandono súbito de un proyecto cripto, NFT o DeFi por parte de sus desarrolladores tras vaciar el pool de liquidez. Los esquemas Ponzi cripto disfrazados de plataformas de yield farming o staking, que pagan intereses con el dinero de nuevos inversores. La manipulación de mercado en NFTs mediante wash trading, pump and dump y bot trading abusivo. El phishing especializado para wallet drainers que vacían las wallets de las víctimas. La suplantación de exchanges y plataformas reales con dominios y aplicaciones clonadas. Y los crypto mules: personas reclutadas con falsas ofertas de empleo para recibir y reenviar fondos delictivos.

Las penas en el ámbito de las estafas cripto pueden ser severas debido al concurso real. La estafa informática agravada (Arts. 248 y 250 CP) sanciona con prisión de 1 a 6 años; si concurre organización o grupo criminal, la pena se eleva hasta 8 años. El blanqueo de capitales (Art. 301 CP) añade prisión de 6 meses a 6 años y multa del tanto al triplo. El delito fiscal (Art. 305 CP) por ocultación de plusvalías cripto conlleva prisión de 1 a 5 años y multa del séxtuplo. A las penas privativas de libertad se añade el decomiso de activos cripto, frecuentemente cifrado en millones de euros, la inhabilitación profesional, la inscripción de antecedentes penales y la responsabilidad civil reparatoria a favor de las víctimas inversoras. La responsabilidad penal de la persona jurídica (Art. 31 bis CP) puede activarse contra las sociedades instrumentales utilizadas en la estafa.

La defensa técnica y la estrategia de acusación particular articulan varios ejes. Cuando representamos a la víctima inversora, ejecutamos trazabilidad blockchain forense con peritos especializados (Chainalysis, CipherTrace, Elliptic) para seguir el flujo de fondos a través de wallets, mixers, cross-chain bridges y exchanges; solicitamos medidas cautelares urgentes de congelación de fondos en exchanges regulados (Bit2Me, Binance Spain, Coinbase) mediante requerimiento judicial al amparo del KYC; coordinamos con autoridades extranjeras vía Eurojust y MLAT cuando los fondos cruzan jurisdicciones. Cuando defendemos al investigado por presunto blanqueo o estafa, articulamos la acreditación del origen lícito de los fondos (documentación tributaria, herencias, ventas de activos), el error o desconocimiento en supuestos de crypto-mule reclutado mediante engaño, la impugnación pericial de la cadena de trazabilidad presentada por la acusación, y la regularización tributaria voluntaria del Art. 305.4 CP en supuestos de ocultación fiscal.

En la práctica forense actual observamos un crecimiento sostenido de procedimientos penales vinculados a criptoactivos, con especial intensidad en supuestos de plataformas tipo Forex/CFD ilegales con marketing engañoso dirigido a inversores minoristas, memecoins con manipulación coordinada en redes sociales, NFTs vinculados a celebridades y plataformas DeFi con vulnerabilidades de smart contracts explotadas dolosamente. El Reglamento UE MiCA (2023/1114), el Reglamento UE Travel Rule (2023/1113) sobre transferencias de criptoactivos y la Ley 7/2012 de medidas para la prevención y lucha contra el fraude fiscal (Modelo 721 obligatorio) han transformado el marco normativo. En Alonso Sala abordamos cada expediente con equipo multidisciplinar que combina derecho penal económico, técnica blockchain y conocimiento normativo MiCA, articulando una defensa o acusación técnicamente solvente y procesalmente activa.

BLOCKCHAINTrazabilidad Forense en la Blockchain

La blockchain no miente: cada transacción queda grabada para siempre. Coordinamos con peritos especializados en análisis blockchain para seguir el flujo de fondos desde la wallet del estafador hasta el exchange donde se convirtió en dinero fiat. Este rastreo es clave tanto para recuperar fondos (víctima) como para desmontar la acusación (investigado).

Trazabilidad

Seguimiento de transacciones a través de múltiples wallets, mixers y exchanges

Identificación

KYC del exchange: requerimiento judicial para obtener identidad del titular

Congelación

Medida cautelar de congelación de fondos en exchanges antes de que se retiren

ART. 301Blanqueo con Criptomonedas

El uso de criptomonedas para blanquear dinero procedente del narcotráfico, la corrupción o el fraude fiscal es uno de los delitos de mayor persecución policial. La UDEF y la Europol cuentan con herramientas de trazabilidad blockchain avanzada. Nuestra defensa se centra en demostrar el origen lícito de los fondos y cuestionar la cadena de custodia del rastreo policial.

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¿Por qué Alonso Sala en Estafas Cripto?

  • currency_bitcoinRed de peritos blockchain certificados (Chainalysis, CipherTrace).
  • currency_bitcoinExperiencia en congelación judicial de fondos en Binance, Coinbase y Bit2Me.
  • currency_bitcoinDefensa en delitos fiscales cripto: modelo 721 y regularización.
  • currency_bitcoinAcusación particular para víctimas de rug pulls, ICOs y esquemas Ponzi.

Guía de Defensa en Ciberdelincuencia: Hacking, Phishing y Daños Informáticos

La ciberdelincuencia abarca el acceso ilegal a sistemas informáticos (Art. 197 bis CP), los daños informáticos y ransomware (Art. 264 CP), el phishing y fraude digital (Art. 249.1.a CP), y la producción o distribución de herramientas de hacking (Art. 197 ter). La persecución de la ciberdelincuencia en España se ha intensificado con unidades especializadas como la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía Nacional y el Grupo de Delitos Telemáticos (GDT) de la Guardia Civil. La defensa requiere una combinación única de conocimiento jurídico penal y pericia técnica avanzada.

Cuadro de Penas: Ciberdelincuencia

DelitoArtículoDescripciónPena
Acceso ilegal a sistemasArt. 197 bisAcceso no autorizado vulnerando medidas de seguridad6 meses – 2 años
Interceptación de datosArt. 197 bis.2Interceptación de transmisiones de datos no públicas3 meses – 2 años
Producción/distribución de herramientasArt. 197 terCrear o distribuir programas diseñados para ciberdelitos6 meses – 2 años
Daños informáticos (básico)Art. 264.1Borrar, dañar o hacer inaccesibles datos6 meses – 3 años
Daño agravado (infraestructura crítica)Art. 264.2Afectar servicios esenciales o infraestructura crítica2 – 5 años prisión
Fraude informático (phishing)Art. 249.1.aManipulación informática para obtener transferencia patrimonial6 meses – 3 años

Estrategias Clave de Defensa en Ciberdelincuencia

Impugnación de atribución IP

Una dirección IP no identifica a una persona. Redes Wi-Fi compartidas, VPN, nodos de salida Tor y configuraciones NAT permiten que múltiples usuarios compartan una IP. La acusación debe probar que el acusado fue el usuario real en el momento relevante.

Cadena de custodia digital

La evidencia digital es extremadamente frágil. Si la policía no clonó el disco con un bloqueador de escritura, si los valores hash no coinciden o si la evidencia fue manipulada, la defensa puede solicitar la exclusión de toda la cadena de evidencia digital.

Pruebas de seguridad autorizadas

El hacking ético y las pruebas de penetración realizadas con autorización del propietario del sistema son legales. Si el acusado tenía un contrato de auditoría, acuerdo de bug bounty o política de revelación responsable, no hay delito.

Ausencia de 'vulneración de medidas de seguridad'

El Art. 197 bis exige que se vulneraran medidas de seguridad. Si el sistema no tenía contraseña, ni firewall, o el punto de acceso era público, puede faltar el elemento de 'vulneración de seguridad', negando el tipo penal.

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Estafas Cripto: Preguntas Frecuentes

¿Es delito invertir en criptomonedas en España?expand_more
No. Invertir en criptomonedas es legal en España. Lo que es delito es: estafar a inversores con proyectos falsos (esquemas Ponzi, ICOs fraudulentas), blanquear dinero a través de cripto, o no declarar las ganancias a Hacienda (delito fiscal si supera 120.000€).
¿Me han estafado con criptomonedas, ¿puedo recuperar el dinero?expand_more
Es difícil pero no imposible. La blockchain es transparente: cada transacción queda registrada. Trabajamos con peritos especializados en trazabilidad blockchain (Chainalysis) para seguir el rastro del dinero hasta un exchange regulado donde se pueda identificar al titular y solicitar la congelación judicial de fondos.
¿Qué es un 'rug pull'?expand_more
Es cuando los creadores de un proyecto cripto (token, NFT, DeFi) abandonan el proyecto y se llevan los fondos de los inversores. Es estafa pura (Art. 248 CP). La clave probatoria es demostrar que nunca tuvieron intención de ejecutar el proyecto desde el inicio.
¿Bitcoin se usa para blanquear dinero?expand_more
Sí, pero cada vez menos eficazmente. Bitcoin es pseudoanónimo, no anónimo. Todas las transacciones son públicas en la blockchain. La policía española (UDEF, BIT) tiene herramientas de trazabilidad avanzada. Defendemos con pericial blockchain que desmonte la cadena de custodia del rastreo policial.
¿Qué es una ICO fraudulenta?expand_more
Una Initial Coin Offering donde se venden tokens prometiendo un proyecto tecnológico que nunca se desarrolla. Los responsables recaudan millones y desaparecen. Es un esquema Ponzi digital, castigado como estafa agravada (prisión 1-6 años).
¿Me acusan de blanqueo por usar un exchange?expand_more
Usar un exchange no regulado (sin licencia en España) para mover grandes cantidades puede ser indicio de blanqueo (Art. 301 CP). Nuestra defensa demuestra el origen lícito de los fondos con documentación fiscal, nóminas, ventas de activos o herencias.
¿Qué son los 'crypto mules'?expand_more
Son personas reclutadas (generalmente mediante ofertas de trabajo falsas) para recibir criptomonedas de origen delictivo en su wallet y reenviarlas. Es el equivalente cripto del mulero bancario. La defensa es idéntica: ausencia de dolo (creían actuar legítimamente).
¿Hacienda puede rastrear mis criptomonedas?expand_more
Sí. Desde 2024, los exchanges regulados en España (Bit2Me, Binance ES) están obligados a informar a la AEAT de los saldos y operaciones de sus clientes. El modelo 721 obliga a declarar criptomonedas en el extranjero superiores a 50.000€.
¿Qué pasa con las NFT fraudulentas?expand_more
Vender NFTs prometiendo valor artístico inexistente, o crear colecciones con arte robado, puede constituir estafa. Si además se infla artificialmente el precio (wash trading), hay manipulación de mercado. El marco legal aún se está definiendo, pero los tribunales aplican los tipos de estafa existentes.
¿Cuál es la pena por estafa con criptomonedas?expand_more
La estafa informática agravada (Art. 248 y 250 CP) conlleva prisión de 1 a 6 años. Si hay organización criminal, la pena sube a 4-8 años. El blanqueo de capitales (Art. 301 CP) añade 6 meses a 6 años adicionales. Las indemnizaciones civiles suelen ser millonarias.

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Como despacho penalista de ámbito nacional, ofrecemos defensa penal especializada en estafas con criptomonedas, blanqueo cripto, ICOs fraudulentas y NFTs. Combinamos conocimiento jurídico con trazabilidad forense blockchain para ofrecer la defensa más sólida del mercado.

gavelElementos del Delito

  • check_circleEstafa:ICOs falsas, rug pulls, esquemas Ponzi cripto (Art. 248 CP).
  • check_circleBlanqueo:Movimiento de fondos delictivos a través de exchanges y wallets (Art. 301 CP).
  • check_circleFiscal:Ocultación de ganancias cripto > 120.000€ a Hacienda (Art. 305 CP).

gavelConsecuencias Penales

Prisión 1-6 años

Estafa agravada con criptomonedas (Arts. 248-250 CP).

4-8 años

Si hay organización criminal (banda de estafa cripto).

Decomiso Cripto

Confiscación judicial de wallets y activos en exchanges.

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