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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
Análisis Jurídico

Usurpación de Identidad: Guía 2026 (Redes Sociales y DNI)

5 de febrero de 2026Actualizado: 

Puntos Clave

  • Pena 6 meses-3 años
  • Perfiles Falsos
  • Phishing y DNI
  • Borrado Urgente

No todo perfil falso es delito. Para que exista usurpación de estado civil (Art. 401 CP, prisión de seis meses a tres años), el Tribunal Supremo exige una suplantación completa y continuada: actuar como si uno fuera la víctima en todos sus aspectos, no solo usar su nombre puntualmente. Cuando se emplea un DNI o documento ajeno para contratar préstamos o hacer compras, concurren además estafa y falsedad documental. Aun sin esa suplantación, abrir un perfil falso con la imagen de otro que le cause acoso o humillación es delito (Art. 172 ter.5 CP). Entrar sin permiso en su cuenta es acceso ilícito (Art. 197 bis.1: 6 meses a 2 años) y, si se apodera de sus mensajes, descubrimiento de secretos (Art. 197.1: 1 a 4 años y multa).

¿Necesita ayuda con su caso? Hable con un abogado penalista de Alonso Sala.

La suplantación de identidad en Internet se ha disparado. El Código Penal castiga en su artículo 401 a quien "usurpare el estado civil de otro". Pero, ¿cuándo es delito exactamente? Como abogados expertos en ciberdelincuencia, explicamos la diferencia entre una simple broma y un delito de prisión. Nuestros abogados especialistas en usurpación de identidad en Madrid pueden ayudarle con este tipo de situaciones.

Perfiles Falsos en Redes Sociales

No todo perfil falso es delito. Para que exista usurpación de estado civil (penas de 6 meses a 3 años), el Tribunal Supremo exige una suplantación completa y continuada. Es decir, actuar como si uno fuera la víctima en todos sus aspectos (hablar con sus amigos, publicar fotos suyas, contratar servicios), no solo usar su nombre puntualmente.

Usurpación de Identidad y Fraude (Créditos Rápidos)

Más grave es cuando el delincuente utiliza un DNI robado o una foto del mismo para contratar préstamos rápidos, líneas telefónicas o realizar compras online. Aquí, además de la usurpación, concurren delitos de estafa y falsedad documental, elevando las penas considerablemente.

Diferencia con el Robo de Cuenta ("Hacking")

Es vital distinguir la usurpación (crear un perfil nuevo fingiendo ser otro) del robo de cuenta (acceder al perfil real de la víctima). El acceso no autorizado a cuenta ajenas es un acceso ilícito (Art. 197 bis.1 CP, prisión de 6 meses a 2 años) y, si se apodera de mensajes o datos, un descubrimiento de secretos (Art. 197.1, prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses), independientemente de si luego se usurpa la identidad o no.

¿Cómo eliminar un perfil fake?

Denunciar en la propia red social suele ser lento. La vía penal permite solicitar como medida cautelar urgente que el Juez ordene a la plataforma (Meta, TikTok, X) el borrado inmediato del perfil y el rastreo de la IP del autor.

Si se enfrenta a una situación penal, nuestro equipo de abogados puede ayudarle. Puede llamarnos al 91 078 65 74 para una primera valoración de su caso.

Texto oficial: artículo 401 del Código Penal en el BOE

Preguntas frecuentes

¿Es delito crear un perfil falso en redes sociales?

No todo perfil falso es delito. Para que exista usurpación de estado civil (Art. 401 CP), el Tribunal Supremo exige una suplantación completa y continuada: actuar como si uno fuera la víctima en todos sus aspectos —hablar con sus amigos, publicar sus fotos, contratar servicios—, no solo usar su nombre de forma puntual. Aun así, abrir un perfil falso con la imagen de otra persona que le cause acoso, hostigamiento o humillación es delito del Art. 172 ter.5 CP (prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses).

¿Qué pena tiene la usurpación de identidad?

El Art. 401 CP castiga la usurpación del estado civil de otro con prisión de seis meses a tres años. Cuando se utiliza un DNI robado para contratar préstamos rápidos o realizar compras, concurren además delitos de estafa y falsedad documental que elevan considerablemente la penalidad.

¿Qué diferencia hay entre usurpar identidad y robar una cuenta?

Usurpar la identidad es crear un perfil nuevo fingiendo ser otro. Robar la cuenta es acceder sin autorización al perfil real de la víctima, lo que constituye acceso ilícito (Art. 197 bis.1 CP, prisión de 6 meses a 2 años) y, si se apodera de sus mensajes o datos, descubrimiento de secretos (Art. 197.1, prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses), con independencia de que después se usurpe o no la identidad.

¿Cómo puedo lograr que borren un perfil falso que me suplanta?

Denunciar solo en la propia red social suele ser lento. La vía penal permite solicitar como medida cautelar urgente que el juez ordene a la plataforma el borrado inmediato del perfil y el rastreo de la IP del autor.

¿Necesita defensa penal en este ámbito?

Somos abogados penalistas especialistas en usurpación de identidad. Actuamos con urgencia para proteger sus derechos.

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