Texto íntegro
Texto vigente desde el 12 de enero de 2023.
TÍTULO XIII — Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
El artículo 253 del CP castiga la apropiación indebida: quien, en perjuicio de otro, se apropia para sí o para un tercero de dinero, efectos, valores o cualquier cosa mueble que había recibido en depósito, comisión o custodia, o por otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o niega haberlos recibido. Se castiga con las penas del artículo 248 o, en su caso, del artículo 250, salvo que otro precepto prevea una pena más grave. Si lo apropiado no excede de 400 euros, la pena es de multa de uno a tres meses.
Texto vigente desde el 12 de enero de 2023.
Análisis en profundidad
Artículo 253 del Código Penal: apropiación indebida — penas, jurisprudencia y estrategia de defensaGuía monográfica del despacho sobre este precepto, con casos habituales y líneas de defensa.
Histórico de reformas de este artículo, de la más antigua a la más reciente, tal como consta en la legislación consolidada del BOE.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Vigente del 24/05/1996 al 30/09/2004
Vigente del 01/10/2004 al 30/06/2015
Vigente del 01/07/2015 al 11/01/2023
Apropiarse en perjuicio de otro de bienes recibidos en depósito, comisión, custodia u otro título que obligue a entregarlos o devolverlos, o negar haberlos recibido (artículo 253).
Las penas del artículo 248 o, en su caso, del artículo 250, salvo que el hecho ya estuviera castigado con una pena más grave en otro precepto del Código.
En la apropiación indebida el autor recibe lícitamente el bien y luego lo hace suyo; en la estafa el desplazamiento patrimonial se obtiene desde el principio mediante engaño.
Si la cuantía de lo apropiado no excede de 400 euros, se impone una pena de multa de uno a tres meses.
Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.
Nuestro equipo defiende habitualmente acusados por apropiación indebida. Estrategia técnica orientada al archivo, sobreseimiento o absolución cuando es jurídicamente viable.
Esta página tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico: cada procedimiento exige un estudio individualizado. Cómo se elabora y verifica este contenido: metodología editorial.