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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS

Abogado de Simulación de Delito y Denuncia Falsa

Defensa ágil como abogados penalistas especialistas en delitos de simulación de delito, autolesiones o fraude de seguros.

La simulación de delito (Art. 457 CP) consiste en fingir ser responsable o víctima de una infracción penal, o denunciar una inexistente, ante un funcionario judicial o administrativo obligado a investigarla, provocando actuaciones procesales. Se castiga con multa de seis a doce meses: no conlleva prisión por sí sola, pero sí genera antecedentes penales. La modalidad más frecuente es la falsa denuncia de robo del móvil o del vehículo para cobrar el seguro; si llega a percibirse la indemnización, se suma además un delito de estafa. No debe confundirse con la denuncia falsa (Art. 456 CP), que exige acusar a una persona determinada y es más grave. En Alonso Sala defendemos estos casos desde la primera citación policial, en Madrid y en toda España.

Abogados Penalistas Especialistas en Delitos de Simulación de Delito

¿Citado por la Policía por Simulación de Delito? Le Ayudamos

Como abogados penalistas especialistas en delitos de simulación de delito en Madrid con amplia experiencia, articulamos defensas urgentes en denuncias falsas de robo de móvil, estafas al seguro y Art. 457 CP.

Si busca abogados penalistas especialistas en delitos de simulación de delito, en Alonso Sala contamos con la experiencia necesaria para defenderle cuando es citado por la Policía o el Juzgado tras una denuncia sospechosa. El artículo 457 del Código Penal castiga a quien simule ser responsable o víctima de una infracción penal inexistente.

En la sociedad actual, la modalidad más frecuente es la simulación de robo de teléfonos móviles de alta gama o dispositivos electrónicos para lograr que el seguro del hogar o de la tarjeta de crédito cubra la supuesta sustracción.

Simulación de Robo

Denunciar un robo con violencia ("tirón") cuando fue un hurto o extravío para cobrar del seguro. Es el caso más común.

Consecuencias

Pena de multa de 6 a 12 meses, antecedentes penales y posible delito de estafa si se llegó a cobrar la indemnización.

Servicios de Defensa en Delitos de Simulación de Delito (Art. 457 CP)

Como abogados penalistas especialistas en delitos de simulación de delito, analizamos cada caso para determinar la estrategia procesal y de negociación más favorable. En ocasiones, la confesión tardía y la reparación del daño pueden atenuar significativamente la responsabilidad.

No se debe confundir este delito con la denuncia falsa (Art. 456 CP), donde se acusa a una persona concreta e inocente. En la simulación, se finge el delito pero no se imputa a nadie con nombre y apellidos (se dice "autor desconocido").

Elementos del Tipo y Bien Jurídico (Art. 457 CP)

El delito de simulación de delito del Art. 457 CP protege el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, evitando que se activen investigaciones y recursos públicos sobre hechos inexistentes. El tipo exige simular ser responsable o víctima de una infracción penal, o denunciar una inexistente, ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, y que esa actuación provoque efectivamente actuaciones procesales. Es un delito doloso: requiere conciencia de la falsedad de lo denunciado. No basta una manifestación imprecisa o errónea; debe existir una construcción consciente de un hecho delictivo que nunca ocurrió, idónea para poner en marcha el aparato de investigación.

Concurso con la Estafa al Seguro y Prescripción

Cuando la simulación se dirige a cobrar una indemnización —el supuesto más habitual, la falsa denuncia de robo del móvil o del vehículo para activar el seguro— se produce un concurso con el delito de estafa (Arts. 248 y siguientes CP): la simulación es el medio y la estafa el fin. Si lo cobrado no supera los 400 euros, la estafa es leve; por encima, o en su modalidad agravada, puede conllevar prisión. La prueba suele apoyarse en el rastreo del IMEI, la geolocalización del dispositivo, las cámaras de la zona y las contradicciones del relato. En cuanto a la prescripción, al ser un delito menos grave castigado con multa, prescribe a los 5 años, plazo que se interrumpe al iniciarse el procedimiento; la retractación temprana opera como atenuante de confesión y reparación.

¿Por qué contratar abogados especialistas en delitos de simulación de delito?

Experiencia Policial

Conocemos los protocolos de investigación de la Policía Científica (IMEI, antenas).

Negociación

Acuerdos con Fiscalía para reducir la multa y evitar impacto en antecedentes.

Honestidad

Le diremos claramente las opciones reales de absolución o conformidad.

Preguntas Frecuentes sobre Simulación de Delito

¿Qué es exactamente el delito de simulación de delito?
Es fingir ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciar una inexistente ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de investigar. Regulado en el artículo 457 del Código Penal.
¿Es delito denunciar el robo del móvil para que pague el seguro?
Sí, es el caso más habitual. Si denuncia falsamente un robo con violencia (tirones) para que el seguro cubra la pérdida o hurto, comete un delito de simulación de delito y, si cobra, también estafa.
¿Qué pena tiene la simulación de delito?
La pena es de multa de 6 a 12 meses. No conlleva prisión por sí mismo, pero genera antecedentes penales que pueden ser perjudiciales para oposiciones o permisos de residencia.
¿Y si además cobré del seguro?
Entonces se suma un delito de estafa. Si la cantidad defraudada es menor de 400€, es delito leve de estafa. Si supera esa cantidad o se considera agravada, las penas pueden implicar prisión.
¿Cómo descubre la policía que es mentira?
La policía utiliza el rastreo de IMEI, cámaras de seguridad de la zona, geolocalización del móvil y las contradicciones en su declaración. Tienen protocolos específicos para detectar denuncias falsas de robos de smartphones.
¿Puedo retractarme de la denuncia?
Sí, y es recomendable hacerlo antes de que se inicien actuaciones procesales graves. Puede servir como atenuante de reparación del daño o confesión tardía, reduciendo la pena.
¿Qué diferencia hay con la denuncia falsa del Art. 456?
En la simulación (Art. 457) se inventa un delito sin culpar a nadie concreto (autor desconocido). En la denuncia falsa (Art. 456) se imputa un delito a una persona específica sabiendo que es falso. La denuncia falsa es mucho más grave.
¿Me detendrán si voy a comisaría?
Si tienen pruebas claras de la simulación, podrían detenerle ('leída de derechos') para tomarle declaración como investigado. Por eso es vital ir acompañado de un abogado especialista en delitos de simulación.
¿Puedo perder mi permiso de residencia?
Los antecedentes penales pueden afectar a la renovación de permisos de residencia y trabajo. Es crucial intentar lograr una absolución o una condena mínima que no genere antecedentes computables a efectos de extranjería.
¿Necesito abogado para un juicio rápido por simulación?
Sí, es obligatorio. En el juicio rápido se puede negociar una conformidad (rebaja de un tercio de la pena) si se reconocen los hechos, evitando un juicio penal más largo y costoso.
¿Qué pasa si fingí un accidente de tráfico?
Fingir un accidente para cobrar indemnizaciones por lesiones (latigazo cervical) o daños materiales es también simulación y estafa. Las aseguradoras tienen departamentos de detectives y peritos médicos para destaparlo.
¿Prescribe este delito?
Sí, como delito menos grave sancionado con multa, prescribe a los 5 años. Pero si se ha iniciado procedimiento judicial, los plazos se interrumpen.
¿Cuánto cuesta un abogado para un delito de simulación de delito?
No existe una tarifa única: los honorarios dependen de la fase procesal, de la complejidad del caso (si concurre una estafa al seguro o conviene preparar una retractación temprana) y del órgano que deba enjuiciarlo. Fijamos un presupuesto cerrado tras estudiar el asunto, para que sepa desde el principio a qué atenerse.
¿Actuáis en toda España?
Sí. Aunque el despacho tiene su sede en Madrid, asumimos la defensa ante cualquier juzgado o audiencia del territorio nacional.

Guía de Defensa: Simulación de Delito (Art. 457 CP)

Cuadro de Penas

ModalidadPenaArtículo
Simulación de delito puraMulta de 6 a 12 mesesArt. 457 CP
Simulación + Estafa al seguro (> 400€)Multa + Prisión 6 meses a 3 años (concurso medial)Art. 457 + 248-249 CP
Simulación + Estafa leve (≤ 400€)Multa 6-12 meses + Multa 1-3 mesesArt. 457 + 249 CP

La simulación por sí sola no conlleva prisión, pero genera antecedentes penales que pueden afectar a renovaciones de permisos de residencia y oposiciones.

Estrategias de Defensa

Reparación del Daño

Devolver inmediatamente lo cobrado a la aseguradora antes del juicio. Elimina la responsabilidad civil y actúa como atenuante cualificada (Art. 21.5 CP).

Confesión Tardía y Conformidad

Reconocer los hechos permite negociar con Fiscalía una rebaja de un tercio de la pena en juicio rápido, evitando un proceso largo y costoso.

Impugnar la Prueba Policial

Cuestionar la validez del rastreo IMEI, la geolocalización y las cámaras de seguridad. Si la prueba se obtuvo sin autorización judicial, puede ser nula.

Objetivo: Multa sin Prisión

Si existe concurso con estafa, planteamos la sustitución de la prisión por multa económica y discutimos la suspensión de la pena para evitar el ingreso en prisión.

Jurisprudencia Relevante

Doctrina del TS (Sala 2ª)

Establece que la simulación de delito se consuma con la mera presentación de la denuncia falsa ante la autoridad, siendo irrelevante que se haya o no iniciado investigación policial efectiva.

Doctrina del TS (Sala 2ª)

Confirma el concurso medial entre simulación de delito y estafa cuando la denuncia falsa fue el medio necesario para lograr el cobro fraudulento de la indemnización del seguro.

Doctrina de Audiencias Provinciales

Diversas Audiencias Provinciales han absuelto al acusado de simulación de delito cuando no se acredita que el robo denunciado fuera inverosímil. La inconsistencia parcial de la declaración no basta para condenar si no se prueba positivamente la falsedad.

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