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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS

Artículo 803 de la LECrim

LIBRO IV · Capítulo VI — De la impugnación de la sentencia

El artículo 803 de la LECrim regula el recurso de apelación contra la sentencia dictada en los juicios rápidos por el Juzgado de lo Penal. Se sustancia conforme a los artículos 790 a 792, con especialidades que abrevian los plazos: el escrito de formalización y el de alegaciones de las demás partes se presentan en cinco días, y la sentencia se dicta en tres días desde la vista o en cinco desde la recepción de las actuaciones si no hay vista. Estos recursos tienen carácter preferente.

Texto íntegro

1. Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal podrá interponerse recurso de apelación, que se sustanciará conforme a lo previsto en los artículos 790 a 792, con las siguientes especialidades: 1.ª El plazo para presentar el escrito de formalización será de cinco días. 2.ª El plazo de las demás partes para presentar escrito de alegaciones será de cinco días. 3.ª La sentencia habrá de dictarse dentro de los tres días siguientes a la celebración de la vista, o bien dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las actuaciones, si no se celebrare vista. 4.ª La tramitación y resolución de estos recursos de apelación tendrán carácter preferente. 2. Respecto de las sentencias dictadas en ausencia del acusado se estará a lo dispuesto en el artículo 793. 3. Tan pronto como la sentencia sea firme se procederá a su ejecución, conforme a las reglas generales y a las especiales del artículo 794.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE). Texto consolidado vigente. BOE-A-1882-6036

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo hay para apelar la sentencia de un juicio rápido?

El escrito de formalización del recurso se presenta en el plazo de cinco días, más breve que el general, sustanciándose por lo demás conforme a los artículos 790 a 792 de la LECrim.

¿Estos recursos se resuelven con prioridad?

Sí. La tramitación y resolución de los recursos de apelación en los juicios rápidos tienen carácter preferente.

¿Cuándo se ejecuta la sentencia?

Tan pronto como la sentencia sea firme se procede a su ejecución, conforme a las reglas generales y a las especiales del artículo 794 de la LECrim.

¿Cómo afecta el artículo 803 LECrim a su caso?

Las normas procesales deciden tanto como las penales: plazos, nulidades, medidas cautelares y derechos del investigado. Un análisis técnico temprano del expediente permite detectar infracciones procesales aprovechables por la defensa.