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AS
Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
EN

Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 741 de la LECrim

LIBRO III · TÍTULO I — De la calificación del delito

Texto íntegro

El Tribunal, apreciando según su conciencia las pruebas practicadas en el juicio, las razones expuestas por la acusación y la defensa y lo manifestado por los mismos procesados, dictará sentencia dentro del término fijado en esta Ley. Siempre que el Tribunal haga uso del libre arbitrio que para la calificación del delito o para la imposición de la pena le otorga el Código Penal , deberá consignar si ha tomado en consideración los elementos de juicio que el precepto aplicable de aquél obligue a tener en cuenta.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE). Texto consolidado vigente. BOE-A-1882-6036

¿Cómo afecta el artículo 741 LECrim a su caso?

Las normas procesales deciden tanto como las penales: plazos, nulidades, medidas cautelares y derechos del investigado. Un análisis técnico temprano del expediente permite detectar infracciones procesales aprovechables por la defensa.

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