Texto íntegro
De todo delito o falta nace acción penal para el castigo del culpable, y puede nacer también acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE). Texto consolidado vigente. BOE-A-1882-6036