Saltar al contenido
Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
EN

Artículo 75 del Código Penal

TÍTULO III — De las penas

Última actualización: · Cómo verificamos este contenido

Búsqueda global del artículo

Texto íntegro

Cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento sucesivo, en cuanto sea posible.

Claves rápidas del artículo

Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.