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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS

Artículo 569 del Código Penal

TÍTULO XXII — Delitos contra el orden público

Texto íntegro

Texto vigente desde el 24 de mayo de 1996.

Los depósitos de armas, municiones o explosivos establecidos en nombre o por cuenta de una asociación con propósito delictivo, determinarán la declaración judicial de ilicitud y su consiguiente disolución.

Claves rápidas del artículo

Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.

¿Le acusan de un delito del artículo 569?

Nuestro equipo defiende habitualmente acusados por depósito de armas y municiones. Estrategia técnica orientada al archivo, sobreseimiento o absolución cuando es jurídicamente viable.