Texto íntegro
Texto vigente desde el 24 de mayo de 1996.
TÍTULO XX — Delitos contra la Administración de Justicia
Texto vigente desde el 24 de mayo de 1996.
El artículo 467 tipifica la deslealtad profesional del abogado o del procurador, dentro de los delitos contra la Administración de Justicia. Contempla dos conductas distintas. La primera es el conflicto de intereses: el abogado o procurador que, habiendo asesorado o asumido la defensa o representación de una persona, defiende o representa en el mismo asunto y sin su consentimiento a quien tiene intereses contrarios. La segunda es el perjuicio a los intereses del cliente: el profesional que, por acción u omisión, perjudica de forma manifiesta los intereses que le fueron encomendados.
El conflicto de intereses se castiga con multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para la profesión de dos a cuatro años. El perjuicio manifiesto de los intereses del cliente se sanciona con multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años; si el perjuicio se causa por imprudencia grave, la pena es de multa de seis a doce meses e inhabilitación de seis meses a dos años.
La defensa gira en torno al carácter manifiesto del perjuicio: no toda actuación desafortunada o discrepancia de criterio profesional integra el delito, que exige un perjuicio evidente y objetivamente constatable de los intereses confiados. En la modalidad de conflicto de intereses, resulta central acreditar si medió o no el consentimiento del cliente y si los intereses eran realmente contrarios dentro del mismo asunto.
Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta que señala este artículo (con las reglas de grado que él mismo impone o las penas de otro artículo a las que remite) y, si la hay, sobre su inhabilitación, que también cuenta para la clase y la prescripción (arts. 33 y 131.1 CP). Los subtipos agravados o atenuados, las demás penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.
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