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Alonso Sala
ABOGADOS PENALISTAS
EN

Código Penal Español

Artículo 324 del Código Penal

TÍTULO XVI — De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente

Texto íntegro

El que por imprudencia grave cause daños, en cuantía superior a 400 euros, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental, así como en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses, atendiendo a la importancia de los mismos.

Claves rápidas del artículo

Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.

¿Le acusan de un delito del artículo 324?

Nuestro equipo defiende habitualmente acusados por patrimonio histórico. Estrategia técnica orientada al archivo, sobreseimiento o absolución cuando es jurídicamente viable.

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