Texto íntegro
Texto vigente desde el 29 de abril de 2023.
TÍTULO VIII — Delitos contra la libertad sexual
El artículo 179 del CP castiga como violación la agresión sexual que consiste en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o en la introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías. La pena es de prisión de cuatro a doce años. Si la agresión se comete empleando violencia o intimidación, o cuando la víctima tiene anulada por cualquier causa su voluntad, la pena sube a prisión de seis a doce años.
Texto vigente desde el 29 de abril de 2023.
Histórico de reformas de este artículo, de la más antigua a la más reciente, tal como consta en la legislación consolidada del BOE.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Vigente del 24/05/1996 al 20/05/1999
Vigente del 21/05/1999 al 30/09/2004
Vigente del 01/10/2004 al 06/10/2022
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
Vigente del 07/10/2022 al 28/04/2023
La agresión sexual con acceso carnal vaginal, anal o bucal, o con introducción de miembros corporales u objetos por vía vaginal o anal (artículo 179).
Prisión de cuatro a doce años; y de seis a doce años cuando media violencia o intimidación o la víctima tiene anulada su voluntad.
No. Tras la reforma de la LO 10/2022 basta la ausencia de consentimiento; la violencia o intimidación agrava la pena (apartado 2) pero no es un requisito del tipo.
Sí. El artículo 180 eleva la pena cuando concurren circunstancias como la especial vulnerabilidad de la víctima, la actuación conjunta de varias personas o el uso de armas.
Datos orientativos calculados sobre la pena de prisión más alta mencionada en el texto de este artículo. Los subtipos agravados o atenuados, las penas no privativas de libertad y las reglas concursales pueden alterar el resultado en cada caso concreto.
Prisión máxima mencionada
12 años
Clasificación (arts. 13 y 33 CP)
Delito grave
Prescripción (art. 131 CP)
15 años
Nuestro equipo defiende habitualmente acusados por agresión sexual. Estrategia técnica orientada al archivo, sobreseimiento o absolución cuando es jurídicamente viable.