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Análisis Jurídico

Delitos Societarios: Administrador Desleal y Falsedad Contable

calendar_today22 de enero de 2026

Última actualización:

lightbulbPuntos Clave

  • check_circleAdministrador de hecho vs de derecho
  • check_circleCuentas anuales falseadas
  • check_circleUso indebido de tarjeta corporativa
  • check_circleDefensa del socio minoritario

Respuesta rápida

Los delitos societarios (arts. 290 y ss. CP) castigan las conductas que atentan contra la transparencia y el patrimonio de la sociedad, de los socios o de terceros. El delito estrella es la administración desleal, hoy regulada como delito patrimonial en el art. 252 CP: se comete cuando quien tiene facultades para administrar un patrimonio ajeno se excede en su ejercicio y causa un perjuicio (sueldos desorbitados no aprobados, uso sistemático de la tarjeta de empresa, venta de activos a precio vil a sociedades vinculadas). La falsedad de las cuentas anuales se castiga en el art. 290 CP y la imposición de acuerdos abusivos por la mayoría en el art. 291 CP. La responsabilidad alcanza también al administrador de hecho, aunque figure un testaferro.

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El derecho penal económico ha puesto el foco en la gestión interna de las empresas. Ya no basta con ser un 'buen gestor' comercial; el administrador tiene una posición de garante sobre la legalidad de las operaciones corporativas. Los delitos societarios (arts. 290 y ss CP) castigan conductas que atentan contra la transparencia y el patrimonio de la sociedad, de los socios o de terceros acreedores. Nuestros abogados penalistas especialistas en delitos societarios en Madrid pueden ayudarle con este tipo de situaciones.

La Administración Desleal: ¿Mala Gestión o Delito?

El delito estrella es la administración desleal (que ahora se regula en el art. 252 CP como delito patrimonial). Se comete cuando quien tiene facultades para administrar un patrimonio ajeno se excede en su ejercicio y causa un perjuicio. Ejemplos claros: Ponerse un sueldo desorbitado no aprobado por la Junta, usar la tarjeta de empresa para gastos personales sistemáticos, o vender activos de la empresa a precio vil a una sociedad vinculada.

Responsabilidad del 'Administrador de Hecho'

No se escude en que "no aparece en el Registro Mercantil". El Código Penal extiende la responsabilidad al administrador de hecho: quien realmente toma las decisiones en la sombra, aunque figure un testaferro. Levantamos el velo corporativo para defender o acusar al verdadero responsable.

Falsedad Contable (Art. 290 CP)

Maquillar las cuenta para dar beneficios y cobrar bonus, o para dar pérdidas y no pagar impuestos o dividendos, es delito. Se castiga a los administradores que falseen las cuenta anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico. La clave de la defensa es la pericial contable: demostrar que el ajuste contable era una interpretación normativa válida y no una manipulación dolosa.

Imposición de Acuerdos Abusivos

También es delito (art. 291 CP) que la mayoría imponga acuerdos abusivos con ánimo de lucro propio y en perjuicio de la minoría, sin que reporten beneficio a la sociedad. Es la vía penal para proteger al socio minoritario oprimido frente al "rodillo" de la mayoría.

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Ya sea como acusado o como querellante, nuestros abogados especialistas en delitos societarios en Madrid dominan la pericial contable y la estrategia penal-mercantil.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo la mala gestión de una empresa se convierte en administración desleal?expand_more

La administración desleal, regulada hoy como delito patrimonial en el art. 252 CP, se comete cuando quien tiene facultades para administrar un patrimonio ajeno se excede en su ejercicio y causa un perjuicio. Ejemplos claros son ponerse un sueldo desorbitado no aprobado por la Junta, usar la tarjeta de empresa para gastos personales sistemáticos o vender activos a precio vil a una sociedad vinculada.

¿Responde penalmente quien no figura como administrador en el Registro Mercantil?expand_more

Sí. El Código Penal extiende la responsabilidad al administrador de hecho: quien realmente toma las decisiones en la sombra, aunque figure un testaferro. Escudarse en que no se aparece en el Registro Mercantil no evita la responsabilidad penal.

¿Es delito maquillar las cuentas de la empresa?expand_more

Sí. El art. 290 CP castiga a los administradores, de hecho o de derecho, que falseen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio. La clave de la defensa es la pericial contable, para demostrar que el ajuste era una interpretación normativa válida y no una manipulación dolosa.

¿Cómo se protege al socio minoritario frente a la mayoría?expand_more

El art. 291 CP castiga que la mayoría imponga acuerdos abusivos con ánimo de lucro propio y en perjuicio de la minoría, sin que reporten beneficio a la sociedad. Es la vía penal para proteger al socio minoritario oprimido frente al abuso de la mayoría.

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