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Alonso Sala

ABOGADOS PENALISTAS

Abogado Revenge Porn

Defensa penal en difusión no consentida de imágenes íntimas, sexting y pornovenganza.

El revenge porn o pornovenganza (Art. 197.7 CP) castiga la difusión no autorizada de imágenes o vídeos de carácter íntimo que fueron obtenidos con consentimiento o en el ámbito de una relación reservada, cuando dicha difusión menoscabe gravemente la intimidad de la persona afectada. Las penas van de 3 meses a 1 año de prisión (tipo básico) y de 1 a 5 años cuando el autor es pareja o expareja, la víctima es menor, o el material se difundió masivamente.

El Artículo 197.7 del Código Penal

Introducido por la reforma de 2015, el Art. 197.7 CP castiga específicamente a quien, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella persona que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o lugar fuera del alcance de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad. No es necesario que las imágenes sean explícitamente sexuales: basta con que sean de carácter íntimo o reservado.

Tipos Agravados

Las penas se agravan cuando: la víctima es pareja o expareja (Art. 197.7.2 CP: pena en mitad superior), la víctima es menor o persona con discapacidad (agravante del Art. 197.7.2 CP), la difusión se realiza con ánimo de lucro (multa adicional del Art. 197.3 CP), la difusión es masiva a través de internet o redes sociales, y cuando el autor actúa con especial ensañamiento (envío al entorno laboral, familiar o social de la víctima). Si la difusión se acompaña de extorsión (amenazar con difundir si no se paga), concurre con coacciones (Art. 172 CP) o extorsión (Art. 243 CP).

Prueba Digital y Retirada de Contenidos

La investigación requiere: preservación de evidencia digital (capturas con certificado notarial o acta de policía judicial), identificación del emisor original mediante metadatos, IP y registros de plataformas, análisis de la cadena de reenvíos, y solicitud de retirada a plataformas (Facebook, Instagram, Twitter, Telegram, WhatsApp) bajo la normativa de la DSA (Digital Services Act). La víctima puede solicitar el derecho al olvido ante Google para desindexar los contenidos.

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Cuadro de Penas

Tipo / SupuestoConsecuencia Penal
Tipo básico (Art. 197.7 CP)Prisión 3 meses a 1 año o multa 6-12 meses.
Agravado (pareja/menor)Prisión 1 a 5 años si la víctima es pareja, expareja, menor o persona con discapacidad.
Con ánimo de lucroMulta adicional si se obtiene beneficio económico de la difusión.

* Las penas indicadas son orientativas. La pena concreta depende de las circunstancias del caso, atenuantes y agravantes aplicables.

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Abogados Penalistas en Nuestra Estrategia de Defensa

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Consentimiento para la Difusión

Acreditar que existía consentimiento expreso o implícito para compartir las imágenes con terceros.

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No Menoscabo de Intimidad

Argumentar que las imágenes no tenían carácter íntimo o que su difusión no supuso un menoscabo grave.

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Error sobre la Ilicitud

Demostrar desconocimiento de que la difusión constituía delito, especialmente en cadenas de reenvío.

Guía de Defensa en Delitos Sexuales y Violencia de Género

Los delitos sexuales en España experimentaron una reforma histórica con la LO 10/2022 (Ley del "solo sí es sí"), posteriormente rectificada por la LO 4/2023 para endurecer las penas mínimas. Los delitos de violencia de género — entre los más perseguidos judicialmente — se regulan en los Arts. 153-173 bis CP, con penas agravadas cuando el sujeto pasivo mantiene o ha mantenido una relación de pareja con el agresor. Como abogados penalistas especialistas en este área, conocemos cada matiz de esta legislación en constante cambio.

Cuadro de Penas: Delitos Sexuales (Reforma 2022-2023)

DelitoArtículo CPPena tras LO 4/2023
Agresión sexual básicaArt. 1781 – 4 años
Agresión sexual con penetraciónArt. 1794 – 12 años
Agresión sexual agravadaArt. 1807 – 15 años
Abuso a menores (menos de 16)Art. 1832 – 15 años
Pornografía infantil (posesión)Art. 189.53 meses – 1 año
Maltrato en el ámbito domésticoArt. 153.16 meses – 1 año + alej.
Stalking / AcosoArt. 172 ter3 meses – 2 años

Estrategias Clave de Defensa

Análisis del consentimiento (LO 10/2022, 'solo sí es sí')

Tras la reforma, el consentimiento debe ser expreso y continuo. La defensa analiza el contexto de la relación previa, los mensajes escritos y cómo se expresó (o no) la retirada del consentimiento.

Defensa frente a falsas denuncias

Las denuncias falsas son frecuentes en litigios de custodia y divorcios conflictivos. Contradecir con inconsistencias entre declaraciones, mensajes de WhatsApp, geolocalización y pericial psicológica del acusado.

Prueba digital como arma defensiva

Las conversaciones de WhatsApp, publicaciones en redes sociales y el historial de comunicaciones frecuentemente contradicen la versión de la acusación. El peritaje forense digital es la piedra angular.

Impugnar los informes periciales psicológicos

Los informes de credibilidad de la víctima (método SVA-CBCA, UEAJ) son la prueba reina en juicios por delitos sexuales. Un contra-perito especializado en psicología forense puede refutar su validez metodológica.

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¿Por Qué Elegirnos?

¿Necesita un abogado penalista para este tipo de delito? Así trabajamos:

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Consentimiento VálidoProbar que la persona afectada autorizó la difusión de las imágenes a los destinatarios concretos.
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Carácter de las ImágenesCuestionar que las imágenes revelen la intimidad de la persona o que su difusión cause un menoscabo grave.
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Cadena de ReenvíoDemostrar que el acusado recibió las imágenes ya difundidas y desconocía su origen reservado.
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+15 Años de ExperienciaEquipo dedicado en exclusiva al derecho penal ante juzgados y tribunales.
support_agent
Atención DirectaSu caso lo lleva directamente un abogado titular del despacho.
Consultar Mi Casoarrow_forward

gavelElementos del Delito

  • check_circleConducta:Difundir, revelar o ceder a terceros imágenes íntimas obtenidas con anuencia de la víctima.
  • check_circleSin Autorización:La difusión se realiza sin el consentimiento de la persona afectada para esa difusión concreta.
  • check_circleMenoscabo:La difusión debe causar un menoscabo grave a la intimidad personal de la víctima.

gavelConsecuencias Penales

Tipo básico (Art. 197.7 CP)

Prisión 3 meses a 1 año o multa 6-12 meses.

Agravado (pareja/menor)

Prisión 1 a 5 años si la víctima es pareja, expareja, menor o persona con discapacidad.

Con ánimo de lucro

Multa adicional si se obtiene beneficio económico de la difusión.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué es el revenge porn?expand_more
La difusión no consentida de imágenes o vídeos íntimos, generalmente como venganza tras una ruptura sentimental.
¿Qué pena tiene?expand_more
Prisión de 3 meses a 1 año (básico). Si es expareja, menor o difusión masiva: 1 a 5 años de prisión.
¿Es delito reenviar fotos íntimas recibidas?expand_more
Sí. Quien reenvía material íntimo sin consentimiento del afectado también comete el delito del Art. 197.7 CP.
¿Puedo pedir la retirada de imágenes?expand_more
Sí. Las plataformas están obligadas a retirar contenido íntimo no consentido. También puede ejercer el derecho al olvido ante Google.
¿Es delito amenazar con difundir fotos?expand_more
Sí. Amenazar con difundir imágenes íntimas es extorsión (Art. 243 CP) o coacciones (Art. 172 CP), con penas adicionales.
¿Vale como prueba una captura de pantalla?expand_more
Sí, pero es más sólida si se certifica notarialmente o se documenta mediante acta de la policía judicial.
¿Prescribe?expand_more
El tipo básico prescribe a los 5 años. El agravado (pareja/menor): hasta 10 años.
¿Tiene que ser contenido sexual?expand_more
No necesariamente. Basta con que las imágenes revelen la intimidad personal y su difusión cause menoscabo grave.
¿Puedo denunciar si yo mismo envié las fotos?expand_more
Sí. Haber enviado las fotos voluntariamente no autoriza su difusión a terceros. El consentimiento fue para el destinatario original, no para su redistribución.
¿Qué pasa si las imágenes se hacen virales?expand_more
La viralización agrava el delito y la indemnización civil. La víctima puede solicitar medidas cautelares de retirada urgente.
¿Qué es el revenge porn?expand_more
Difundir imágenes íntimas de una persona sin consentimiento, generalmente como venganza tras una ruptura sentimental (Art. 197.7 CP).
¿Qué pena tiene?expand_more
Prisión 3 meses-1 año o multa 6-12 meses. Si hay relación afectiva: mitad superior de la pena.
¿Es delito subir fotos de mi ex desnuda?expand_more
Sí. Difundir imágenes íntimas de la expareja sin consentimiento es delito del Art. 197.7 CP independientemente de cómo se obtuvieron.
¿Es delito aunque ella me las mandara voluntariamente?expand_more
Sí. El consentimiento para enviar no es consentimiento para difundir. El receptor no puede compartirlas con terceros.
¿Es delito amenazar con difundir las fotos?expand_more
Sí. La amenaza de difusión es sextorsión: <a href="/amenazas" class='text-primary hover:underline'>amenazas</a> condicionales (Art. 169 CP) con penas de prisión 1-5 años.
¿Puedo solicitar la retirada urgente del contenido?expand_more
Sí. Canal prioritario de la AEPD para contenido sexual no consentido. Respuesta en 24-72h.
¿Prescribe?expand_more
Con pena de hasta 1 año: prescribe a los 5 años desde la última difusión.
¿Es delito reenviar fotos que me llegaron de un tercero?expand_more
Sí. Cada persona que difunde sin consentimiento comete el delito, independientemente de cómo las obtuvo.
¿Google debe desindexar el contenido?expand_more
Sí. El derecho al olvido permite solicitar la desindexación. Google tiene formulario específico para imágenes íntimas.
¿Es más grave en redes sociales que en privado?expand_more
La difusión masiva en redes agrava la pena y aumenta significativamente la indemnización por daño moral.
¿Los menores que difunden revenge porn cometen delito?expand_more
Los mayores de 14 responden ante jurisdicción de menores. Además, puede constituir pornografía infantil si las imágenes son de otro menor.
¿Qué indemnización corresponde?expand_more
Daño moral significativo, gastos de eliminación, tratamiento psicológico, lucro cesante y daño reputacional profesional.

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El sistema judicial es complejo. Contamos con la especialización penal y los recursos técnicos necesarios para asumir la defensa.

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