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Bufete de abogados penalistas Alonso Sala
petsÁrea de Práctica

Maltrato Animal

Defensa legal especializada en delitos de maltrato animal tras la reforma del Código Penal.

Maltrato Animal: Un Nuevo Horizonte Penal

Tras las recientes reformas del Código Penal y la Ley de Bienestar Animal, maltratar a una mascota ya no es una infracción menor; es un delito que puede conllevar prisión.Se castiga causar lesiones que requieran tratamiento veterinario, la muerte del animal, el abandono y el maltrato psicológico.La sensibilidad social y judicial ha cambiado drásticamente.

Defendemos tanto a protectoras que ejercen la acusación popular como a propietarios acusados.Discutimos la entidad de las lesiones y la intencionalidad: ¿fue un accidente, una negligencia en el cuidado o dolo de maltratar ? En casos de abandono, diferenciamos la pérdida involuntaria del animal(no delito) del abandono consciente con riesgo para su vida.

La Nueva Ley de Bienestar Animal y Reforma del Código Penal

La Ley Orgánica 3 / 2023 ha revolucionado el Derecho Penal Animal en España.El nuevo Art. 340 bis del Código Penal amplía la protección más allá de los animales domésticos, abarcando a cualquier "animal vertebrado" (incluso silvestres). Esto significa que maltratar a un animal salvaje también es delito.

El delito ya no exige causar lesiones graves.Se ha creado una nueva figura delictiva que castiga el maltrato sin lesiones si existe grave maltrato, así como el abandono en condiciones que pongan en peligro su vida.Defendemos a propietarios, criadores, tiendas de mascotas y veterinarios ante un marco legal cada vez más estricto y presionado por el activismo animalista.

Agravantes Específicas: Prisión Efectiva

Las penas se han endurecido hasta los 36 meses de prisión en los casos más graves(muerte con agravantes).El riesgo de ingreso en prisión es real si concurren circunstancias como:

  • Uso de armas o instrumentos peligrosos.
  • Ensañamiento: Causar sufrimiento innecesario al animal antes de la muerte.
  • Presencia de Menores: Cometer el acto delante de un niño.
  • Difusión Digital: Grabar el maltrato y subirlo a redes sociales (Tik-tok, Instagram).
  • Lucro: Hacerlo por dinero (ej. peleas de perros ilegales).

Estrategia: Dolo vs Negligencia y Causa de la Muerte

En la defensa técnica, la clave suele ser la Prueba Pericial Veterinaria Forense . Muchos procedimientos se inician por denuncias virales en redes sociales que distorsionan la realidad.

  • Ausencia de Dolo: Probamos que no hubo intención de dañar. Un golpe de calor en un coche, la desnutrición por enfermedad no detectada o un accidente durante el adiestramiento pueden ser negligencias civiles o administrativas, pero no delitos criminales.
  • Causa de la Muerte: Aportamos necropsias de parte para demostrar que el animal murió por causas naturales (parvovirus, torsión de estómago) y no por los golpes o el maltrato alegado por la acusación.
  • Oposición al Decomiso: Luchamos contra la medida cautelar de incautación de los animales, demostrando que el propietario tiene instalaciones adecuadas y que el bienestar del animal (y su vínculo con el dueño) se garantiza mejor en su hogar que en una perrera saturada.

Preguntas Frecuentes

Si le causas lesión que requiera veterinario, es delito. Si no hay lesión pero hay maltrato grave, también (nuevo tipo). Si es leve, delito leve o multa administrativa.
Todos los vertebrados. Perros, gatos, caballos, pero también lagartos, peces o animales silvestres (jabalí, zorro) si están bajo control humano.
De 12 a 24 meses de prisión. Si hay agravantes (delante de niños, con ensañamiento), hasta 36 meses (3 años). Ingreso probable en prisión.
Sí, si pone en peligro su vida o integridad (golpe de calor). O delito leve de abandono si no hay riesgo vital pero sí desprotección.
Sí, el juez puede ordenar el decomiso cautelar y darlo a una protectora mientras dura el juicio. Y prohibirte tener animales por años.
No darle de comer, no curarle una enfermedad grave, tenerlo en condiciones insalubres. Es delito igual que pegarle.
No. Es delito de maltrato animal (lesiones estéticas inútiles). Está terminantemente prohibido.
Prohibidas y constitutivas de delito de maltrato animal siempre.
Si es accidente, no es delito (es civil). Si lo haces a propósito, es delito. Tienes deber de socorrerlo.
Con vídeos y fotos. Llama al SEPRONA (Guardia Civil) o Policía Local. Es delito perseguible de oficio.
La salubridad pública es excepción. El control de plagas regulado no es delito. Pero el ensañamiento gratuito podría serlo.
Sí, suelen personarse como acusación popular.
Pena accesoria. Te prohíben tener o trabajar con animales de 1 a 4 años.
Puede ser maltrato si causa lesiones o sufrimiento físico/psíquico injustificado.
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Nuestra Estrategia de Defensa

gavel01

Pericial Veterinaria

Informes forenses para determinar la causa real de la muerte o lesiones.

gavel02

Ausencia de Trato Degradante

Desmontar la acusación subjetiva de trato cruel.

gavel03

Medidas Cautelares

Oposición al decomiso provisional de los animales.

gavel04

Responsabilidad Civil

Minimización de las indemnizaciones solicitadas.

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